miércoles, 24 de junio de 2026

    Telefonía IP: al filo de la ley

    Según lo referido por fuentes que prefirieron mantener el anonimato,
    la telefonía IP en la Argentina mueve anualmente unos $ 20 millones.
    Esa facturación está dividida entre 30 o 40 prestadores de los
    cuales sólo cuatro o cinco están en regla. Los demás se
    encuentran fuera de la ley. Precisamente, es en ese marco donde reside la mayor
    parte del negocio.
    Pero antes de debatir el aspecto legal es necesario establecer las diferencias
    sustanciales entre la telefonía tradicional, vía conmutación
    de circuitos, y la telefonía IP, vía transmisión de paquetes
    digitales. A través de esta última se puede comunicar todo aquello
    susceptible de ser digitalizado, ya sean imágenes, audio o textos. La
    posibilidad de relacionar estos servicios constituye el valor agregado de esta
    tecnología. Así, por medio de una conexión IP se puede
    chequear el correo electrónico, navegar por Internet o hacer llamadas
    telefónicas desde una sola terminal. La transmisión por conmutación
    de circuitos, en cambio, no permite estas convergencias.
    Su otra ventaja es la notable reducción de costos en materia de telecomunicaciones
    ya que, a diferencia de las redes tradicionales, a través de este protocolo
    se puede transmitir mayor cantidad de llamadas por un mismo ancho de banda.
    Para graficarlo, una red tradicional al ser adaptada a IP estará capacitada
    para transportar cuatro llamados. Al mismo tiempo, el costo de esa misma comunicación
    se verá reducido en la misma proporción. De esta manera se explica
    que las telefónicas poseedoras de redes tradicionales opten por adaptar
    una parte de ellas al protocolo de Internet. Telefónica de Argentina,
    por ejemplo, hace tres años comenzó a migrar sus tramas originales.

    Utilizando buenos equipos, la calidad de las llamadas a través de ambas
    conexiones es prácticamente la misma. De hecho, aunque la gente no lo
    sepa, hoy en día entre 30 y 40% de las conexiones internacionales que
    se realizan desde el país están siendo transportadas de manera
    digital. La razón por la cual las tramas que transportan llamadas al
    exterior sean las que se están adaptando a la tecnología IP no
    es casual. El mercado internacional está desregulado. Hay muchos jugadores
    que ofrecen su servicio y es necesario tener un precio bajo acorde con la competencia.
    El protocolo de la Red permite ofrecer ese precio.
    El resto del tráfico, en cambio, puede continuar canalizándose
    de la manera tradicional. No es necesario invertir en un mercado cautivo porque
    la adaptación de estas redes no resultaría rentable. Por lógica,
    si se tuviera que montar una empresa de telefonía desde cero, seguramente
    se utilizaría tecnología IP; pero en el caso de empresas como
    Telefónica o Telecom, cuyas tramas tradicionales ya están montadas,
    la migración no es siempre la mejor opción.
    La mayor rentabilidad vía reducción de costos antes que el valor
    agregado que pueda ofrecerse, es lo que determina entonces la implementación
    de la telefonía IP. Pero también la obtención de mayores
    márgenes de ganancia lleva a utilizar el protocolo de Internet de manera
    ilegal.
    La regulación argentina dice que todo aquel que quiera brindar servicio
    de telefonía, a través de la plataforma que fuera, debe tener
    licencia de operador de larga distancia. Con la licencia pueden implementarse
    redes propias o negociar con un tercero (Telefónica o Telecom en la Argentina)
    el servicio de interconexión. Lo que no puede hacerse es contratar un
    servicio de cliente final y sin tener licencia de operador utilizar ese número
    para redireccionar llamadas al exterior vía IP. Eso es precisamente lo
    que se hace.
    La telefonía IP permite ocultar el origen de la llamada (ANI), entonces
    una comunicación local puede reenviarse al exterior y abonarse en el
    lugar de destino como una llamada urbana. La diferencia queda en manos del seudo-operador.
    Así, una comunicación Buenos Aires-Londres se abona como Londres-Londres,
    aunque el usuario pague el costo real de la llamada.
    Pero la cuestión no es tan clara. A pesar de que no se consiga identificar
    la comunicación, el origen de las llamadas clandestinas puede conocerse.
    Es un proceso engorroso pero, a través de la dirección IP desde
    la que se emitió la llamada, es posible conocer su origen. Sin embargo,
    las acciones para combatir esta metodología son inexistentes. Ninguno
    de los jugadores que se ven afectados por la proliferación de llamadas
    ilegales, se preocupa por el tema. La razón de esta indiferencia varía
    según a quién se consulte. De acuerdo con las fuentes, el escaso
    dinero que mueve el negocio no ameritaría la implementación de
    un accionar que localice y erradique este tipo de conexiones. “Además
    –indica uno de los consultados para la elaboración de esta nota–
    todos los jugadores del mercado, grandes y chicos, reducen costos a través
    de conexiones fraudulentas. Todos ocultan el ANI de una porción de sus
    llamadas y abonan como locales llamadas internacionales”.
    Lamentablemente, y a pesar de la insistencia, la Secretaría de Comunicaciones
    –que seguramente conoce cuál de esas variantes es la correcta–
    prefirió no hablar del tema. M
    Javier Silva