En Europa se preocupan por los derechos del teletrabajador

EuroCommerce, la organización que representa a los empresarios del sector del comercio en la Unión Europea (UE), y el sindicato de trabajadores UNI-Europa Commerce, firmaron un acuerdo que marca el comienzo de la regulación del teletrabajo.

29 septiembre, 2001

El acuerdo estipula que los teletrabajadores deberían ser empleados bajo las mismas condiciones que los demás trabajadores, disfrutar de sus mismos derechos de empleo y remuneración, así como oportunidades en su carrera profesional. Pues a pesar de que este tipo de forma de trabajar se caracteriza por su flexibilidad, requiere una protección y respaldo legal.

En este sentido, el acuerdo, que pretende ser un primer paso para que otros sectores laborales comiencen a regular el teletrabajo en el seno de la UE, establece premisas como que un teletrabajador debe tener abundante información sobre su empresa y sus condiciones laborales. Así la compañía le debe asegurar seguridad social, protección de datos y confidencialidad e informarle sobre las condiciones de trabajo, la duración de la jornada, las vacaciones, la posibilidad de tener días en caso de enfermedad, etc. Asimismo, debe ser la empresa la que le proporcione el equipamiento (PC, conexión a la Red, etc.) que necesite para ejercer.

Por supuesto, los trabajadores tienen, según este acuerdo, los mismos derechos que los demás, para comunicarse con sus compañeros a través de las nuevas tecnologías, así como para dialogar con sus representantes sindicales de forma confidencial.

La urgencia de una regulación del teletrabajo en la UE

Actualmente hay 7 millones de teletrabajadores en Europa según informaciones de la Unión y esta cifra sigue creciendo día a día. Por esta razón, urge en el seno de la UE que estos empleados cuenten con un respaldo legal que les proteja puesto que, si está organizado y reglamentado, ese tipo de actividad es vital en la creación de empleos, en el impulso de la competencia de las empresas y en la mejora de la calidad de la vida laboral.

Unión Europea: http://europa.eu.int
EuroCommerce: www.eurocommerce.be
UNI-Europa Commerce: www.uni-europa.org

El acuerdo estipula que los teletrabajadores deberían ser empleados bajo las mismas condiciones que los demás trabajadores, disfrutar de sus mismos derechos de empleo y remuneración, así como oportunidades en su carrera profesional. Pues a pesar de que este tipo de forma de trabajar se caracteriza por su flexibilidad, requiere una protección y respaldo legal.

En este sentido, el acuerdo, que pretende ser un primer paso para que otros sectores laborales comiencen a regular el teletrabajo en el seno de la UE, establece premisas como que un teletrabajador debe tener abundante información sobre su empresa y sus condiciones laborales. Así la compañía le debe asegurar seguridad social, protección de datos y confidencialidad e informarle sobre las condiciones de trabajo, la duración de la jornada, las vacaciones, la posibilidad de tener días en caso de enfermedad, etc. Asimismo, debe ser la empresa la que le proporcione el equipamiento (PC, conexión a la Red, etc.) que necesite para ejercer.

Por supuesto, los trabajadores tienen, según este acuerdo, los mismos derechos que los demás, para comunicarse con sus compañeros a través de las nuevas tecnologías, así como para dialogar con sus representantes sindicales de forma confidencial.

La urgencia de una regulación del teletrabajo en la UE

Actualmente hay 7 millones de teletrabajadores en Europa según informaciones de la Unión y esta cifra sigue creciendo día a día. Por esta razón, urge en el seno de la UE que estos empleados cuenten con un respaldo legal que les proteja puesto que, si está organizado y reglamentado, ese tipo de actividad es vital en la creación de empleos, en el impulso de la competencia de las empresas y en la mejora de la calidad de la vida laboral.

Unión Europea: http://europa.eu.int
EuroCommerce: www.eurocommerce.be
UNI-Europa Commerce: www.uni-europa.org

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