viernes, 27 de diciembre de 2024

Leve mejoría de las provincias en responsabilidad fiscal

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Al cabo del primer trimestre, Entre Ríos, Neuquén, San Juan, Tucumán y Córdoba registran un alto cumplimiento de la ley de responsabilidad fiscal, al contrario que Mendoza, La Rioja, Santa Cruz, Chaco y Corrientes. En general hubo una mejora, informó ASAP.

Desde septiembre de 2013 a la fecha, 12 provincias presentaron una mejora contra 6 que, por el contrario, mostraron un peor desempeño, señala la Dirección de Análisis Fiscal de la Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera Pública tras haber realizado un relevamiento al 31 de marzo de 2014 de la información fiscal de las provincias.

 

Dentro de los casos que empeoraron están Catamarca y Santa Fe que presentan intervalos de actualización irregulares que los llevan a tener resultados dispares entre informes (en este caso negativos). Algo similar ocurre con Río Negro y Formosa, y, a su vez, se presentó el inconveniente de Mendoza que no tenía su información disponible por un aparente problema técnico.

 

La conclusión que extrae ASAP es que, si bien los resultados no se escapan del histórico observado, se vislumbra una mejora paulatina.

 

El puntaje promedio obtenido por las 23 de ellas y la Ciudad de Buenos Aires desmejoró de 43 puntos logrados en septiembre de 2014 a 41,7, pero como al primer trimestre del año se produce cierta estacionalidad por la demora en presentar las leyes de Presupuestos aprobadas que no se observa en el noveno mes del año, en la comparación año a año la figura cambia mostrando un incremento de 39,3 puntos a 40,9.

 

Como consecuencia de la importancia que la ASAP le otorga a la transparencia y difusión de las cuentas públicas de las administraciones provinciales, desde esta Asociación periódicamente se realiza un monitoreo de la información fiscal y presupuestaria publicada por todos los gobiernos provinciales.

 

Para ello, tomando como base los mandatos que la Ley Federal de Responsabilidad Fiscal(Ley 25.917) establece en el artículo 7º para las jurisdicciones provinciales que adhieran a esa norma, se ha confeccionado un índice de cumplimiento que pondera los diferentes requerimientos establecidos en esa norma, de modo que se pueda realizar una comparación entre las jurisdicciones.

 

A continuación se transcribe el mencionado artículo:

ARTICULO 7º — Cada provincia, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gobierno nacional publicarán en su página web el Presupuesto Anual —una vez aprobado, o en su defecto, el Presupuesto Prorrogado, hasta tanto se apruebe aquél— y las proyecciones del Presupuesto Plurianual, luego de presentadas a las legislaturas correspondientes. Con un rezago de un (1) trimestre, difundirán información trimestral de la ejecución presupuestaria (base devengado y base caja), del stock de la deuda pública, incluida la flotante como así también los programas bilaterales de financiamiento, y del pago de servicios, detallando en estos tres (3) últimos casos el tipo de acreedor.

 

Metodología

 

El monitoreo se realiza semestralmente al fin de marzo y septiembre, bajo el criterio de búsqueda en sitios web razonablemente accesibles. Asimismo, para permitir acceder a la información publicada en aquellos sitios, se ha elaborado una tabla que contiene vínculos con las respectivas páginas.

 

Con el objeto de poder realizar una comparación entre las jurisdicciones, como se comentó anteriormente, se ha confeccionado un índice de cumplimiento que pondera los diferentes requerimientos establecidos. La ponderación de esos requisitos responde a la importancia que esta Asociación le asigna a cada uno de ellos.

 

Para ‘premiar’ la rápida actualización de las publicaciones, se elevó la exigencia del rezago de la información respecto de lo que establece la Ley. Esto origina que provincias que cumplen totalmente con lo establecido en el artículo 7º de esa norma puedan tener un índice inferior al nivel máximo (100).

 

El detalle es el siguiente:

 

  • 35 puntos si se está publicado el Presupuesto del ejercicio corriente.
  • 25 puntos por la publicación del Esquema Ahorro Inversión Financiamiento de la Ejecución Presupuestaria, (Planilla 1.1) con un mes de rezago como máximo. En caso de presentarlo hasta con 2 meses de rezago, se computa 20 puntos; con 3 meses, se asignan 15 puntos; 5 puntos hasta un semestre de rezago, y si es mayor a ese período, no recibe puntuación alguna.
  • 10 puntos por la publicación de los Gastos Financiados por Programas Internacionales de Crédito, Infraestructura Social Básica (Planilla 1.2) si son del mes anterior al corriente; 8 puntos si presentan un retraso máximo de 2 meses, 5 puntos por 3 meses; hasta un semestre, 3 puntos.
  • 10 puntos por la publicación de los Gastos del Sector Público no Financiero Provincial – Finalidad y Función (Planilla 1.3) si son del mes anterior al corriente; 8 puntos si presentan un retraso máximo de 2 meses, 5 puntos por 3 meses; hasta un semestre 3 puntos.
  • 10 puntos por la publicación del Stock de Deuda de la Administración Pública no Financiera Provincial (Anexo II) si es, como máximo, del mes anterior al corriente; 8 puntos si presentan un retraso máximo de 2 meses, 5 puntos por 3 meses; hasta un semestre 3 puntos.
  • 10 puntos por la publicación de la Planta de Personal Ocupada (Anexo III) si es del mes anterior al corriente como máximo; 8 puntos si presentan un retraso máximo de 2 meses, 5 puntos por 3 meses; hasta un semestre 3 puntos.

 

Resultados

 

De acuerdo con la información que se relevó al 31 de marzo de 2014, fueron Entre Ríos, Neuquén, San Juan, Tucumán y Córdoba, las provincias que ocuparon el primer grupo al que se lo puede definir como de alto cumplimiento.

 

En los casos de Entre Ríos, Neuquén y San Juan se encuentra disponible toda la información dentro de los plazos establecidos que exige la Ley de Responsabilidad Fiscal.

 

Por el lado de San Juan, es habitual que publique en tiempo y forma sus cuentas. En tanto que Neuquén y Entre Ríos, presentaron históricamente problemas de actualización de datos y falta de planillas, respectivamente, en reportes anteriores. Sin embargo, durante el año pasado soslayaron estas falencias logrando mejores resultados.

 

Tucumán, por su parte, también mostró progresos en el último año.

 

Córdoba acostumbra seguir todos los requisitos de la Ley. Particularmente este mes, su planilla de Planta de Personal Ocupada a diciembre de 2013 no se encontraba disponible como acostumbra, lo que ocasionó que tuviera un puntaje un poco menor.

 

El grupo II está compuesto por la Ciudad de Buenos Aires y Salta. En este conjunto se aprecia un menor compromiso con la totalidad de planillas exigidas por la Ley Federal de Responsabilidad Fiscal, aunque ambas presentan al menos el Presupuesto 2014 y la ejecución de la Cuenta Ahorro Inversión Financiamiento de la Administración Pública Provincial a junio de 2013.

 

La Ciudad de Buenos Aires, una vez que desertó su adhesión al Régimen de Responsabilidad Fiscal, no expuso más sus Gastos Financiados por Programas Internacionales de Crédito, Infraestructura Social Básica (Planilla 1.2), lo mismo con su información de Planta Ocupada.

 

Salta, de manera similar, dispone del detalle reciente del Presupuesto, su ejecución Presupuestaria y el Stock de Deuda pero no del resto.

 

El tercer conjunto incluye a Catamarca, Santa Fe, Santiago del Estero, Jujuy, Chubut y Misiones se caracteriza por incluir al menos el Presupuesto 2014 y alguna otra información con no más de dos trimestres de retraso.

 

La particularidad de estas provincias es la demora en la divulgación de las planillas más que la falta de las mismas.

 

Catamarca y Santa Fe son ejemplos de una renovación de datos con un patrón temporal dispar. Eso origina que en los distintos informes que se realizan se posicionen en el grupo I o III, alternativamente.

 

Santiago del Estero es un caso similar, pero sus antecedentes marcan que generalmente sus planillas poseen una antigüedad de 6 meses, ubicándose la mayoría de las veces en este grupo.

 

Falencias similares se perciben en el resto de los casos sumados como así también menor información.

 

El cuarto grupoestá formado por las jurisdicciones con información incompleta o fuera de un plazo de 6 meses, y que como mínimo publican el Presupuesto 2014. Ellas son: Buenos Aires, Formosa, La Pampa, Río Negro, San Luis y Tierra del Fuego.

 

Con excepción de La Pampa, todas presentan alguna información extra a la Ley de Presupuesto, pero por demás antigua, como ocurre en San Luis donde lo más nuevo data de noviembre de 2010. Con relación al anterior relevamiento, Formosa y Río Negro estuvieron en conjuntos de mejor desempeño, pero la provincia del sur no tuvo ningún cambio en sus publicaciones en 6 meses.

 

El último conjunto (grupo V) está formado por las provincias cuya información disponible en sus páginas oficiales no cumplen ningún requisito establecido, ni siquiera la publicación del Presupuesto del año corriente. Las jurisdicciones que presentan estas características son: Mendoza, La Rioja, Santa Cruz, Chaco y Corrientes.

 

La Rioja, tal como viene sucediendo hace meses, publica la Ejecución Presupuestaria, Gasto por Finalidad y Función, Stock de la Deuda, pero no su Presupuesto.

 

La situación de Corrientes y Santa Cruz no varió y se mantiene la no disponibilidad al público de su información fiscal o de demasiada larga data.

 

El caso de Mendoza es atípico. Siempre se destacó por poseer información a un mes de su ejecución. El sitio de Hacienda muestra los títulos correspondientes pero no se puede descargar los archivos de 2014.

 

Se deduce que esto se puede deber a una falla técnica, pero el rigor marca que no estaba disponible a la fecha de cierre.

 

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