El Gobierno limitó la exportación
de petróleo hasta el 30 de septiembre próximo, en el marco de la
declaración de emergencia por el abastecimiento de hidrocarburos.
Según dispuso la Secretaría de Energía, las productoras y
exportadores de petróleo sólo podrán vender al exterior, durante
los próximos cuatro meses, “una proporción del volumen producido
en el mes inmediato anterior equivalente al 36 por ciento”.
En caso de que los niveles de producción durante el período de
emergencia aumenten por encima de los registrados en los mismos
meses del año pasado, “el volumen que se haya incrementado podrá
exportarse sin ningún tipo de limitación”.
Además, Energía está facultada para considerar “con carácter de
excepción” los casos de elaboración de crudo desde yacimientos
cuya ubicación y facilidades de almacenaje y transporte sólo
permitan la exportación, según la medida oficial, citada por el
matutino Ambito Financiero.
El petróleo crudo que pretenda ser exportado por
comercializadores y otro tipo de intermediarios estarán sujetos a
estas limitaciones, y en consecuencia, las empresas están
obligadas a justificar el origen del producto y el cumplimiento de
las reglas establecidas.
Fuente: Noticias Argentinas
El Gobierno limitó la exportación
de petróleo hasta el 30 de septiembre próximo, en el marco de la
declaración de emergencia por el abastecimiento de hidrocarburos.
Según dispuso la Secretaría de Energía, las productoras y
exportadores de petróleo sólo podrán vender al exterior, durante
los próximos cuatro meses, “una proporción del volumen producido
en el mes inmediato anterior equivalente al 36 por ciento”.
En caso de que los niveles de producción durante el período de
emergencia aumenten por encima de los registrados en los mismos
meses del año pasado, “el volumen que se haya incrementado podrá
exportarse sin ningún tipo de limitación”.
Además, Energía está facultada para considerar “con carácter de
excepción” los casos de elaboración de crudo desde yacimientos
cuya ubicación y facilidades de almacenaje y transporte sólo
permitan la exportación, según la medida oficial, citada por el
matutino Ambito Financiero.
El petróleo crudo que pretenda ser exportado por
comercializadores y otro tipo de intermediarios estarán sujetos a
estas limitaciones, y en consecuencia, las empresas están
obligadas a justificar el origen del producto y el cumplimiento de
las reglas establecidas.
Fuente: Noticias Argentinas