El Banco Central estableció los alcances del control de capitales

El control para el ingreso y egreso de capitales en el país sólo regirá para los inversores no residentes en el país, según la reglamentación difundida por el Banco Central.

1 julio, 2003

La entidad que preside Alfonso Prat-Gay, como autoridad de
ejecución y de reglamentación del decreto 285 del Poder Ejecutivo,
emitió una resolución estableciendo los alcances de la medida de
contralor.

Según la comunicación del Central, el registro de las
negociaciones de cambio que llevará la entidad “comprende todas
las concertaciones de liquidación de moneda extranjera en el
mercado único y libre de cambios”.

Además, estableció que para el caso de incumplimientos a la
resolución oficial se aplicarán las sanciones previstas en el
Régimen Penal Cambiario.

“Los ingresos por operaciones de comercio exterior comprenden
los cobros de exportaciones de bienes y servicios, y los ingresos
por anticipos y préstamos de prefinanciación de exportaciones”,
indica la reglamentación.

En tanto, establece que los ingresos por inversiones directas
abarcan únicamente a los aportes realizados por “no residentes” en
el país.

“La fecha de toma de razón del ingreso de las divisas es la de
concertación de la liquidación de moneda extranjera en el mercado
único y libre de cambios”, precisó la entidad.

La entidad que preside Alfonso Prat-Gay, como autoridad de
ejecución y de reglamentación del decreto 285 del Poder Ejecutivo,
emitió una resolución estableciendo los alcances de la medida de
contralor.

Según la comunicación del Central, el registro de las
negociaciones de cambio que llevará la entidad “comprende todas
las concertaciones de liquidación de moneda extranjera en el
mercado único y libre de cambios”.

Además, estableció que para el caso de incumplimientos a la
resolución oficial se aplicarán las sanciones previstas en el
Régimen Penal Cambiario.

“Los ingresos por operaciones de comercio exterior comprenden
los cobros de exportaciones de bienes y servicios, y los ingresos
por anticipos y préstamos de prefinanciación de exportaciones”,
indica la reglamentación.

En tanto, establece que los ingresos por inversiones directas
abarcan únicamente a los aportes realizados por “no residentes” en
el país.

“La fecha de toma de razón del ingreso de las divisas es la de
concertación de la liquidación de moneda extranjera en el mercado
único y libre de cambios”, precisó la entidad.

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