Diputados aprobó el paquete económico

La iniciativa oficial contempla rebajas impositivas para fomentar la producción y el empleo. Ahora debe ir al Senado. Señal tranquilizadora para los mercados.

2 noviembre, 2000

La Cámara de Diputados aprobó ayer (miércoles 1º) el paquete de medidas oficiales para alentar la inversión, que introduce modificaciones en los impuestos sobre los intereses pagados y el costo financiero del endeudamiento empresario, el IVA y los bienes personales.

Ahora, el proyecto de reforma anunciado por el Gobierno hace unos días, deberá tratarse en la Cámara alta donde el PJ tiene la mayoría.

Varios de los legisladores que hicieron uso de la palabra coincidieron en señalar que, más allá de las diferencias, se hacía imprescindible el apoyo a estas medidas como intento de paliar la seria crisis por la que traviesa el país.

De este consenso se deriva la celeridad con que la Cámara baja aprobó el proyecto tributario; dicho accionar se transformó en un mensaje de tranquilidad a los mercados bursátiles, luego de las preocupantes turbulencias que se registraron el miércoles de la semana pasada.

El proyecto oficial introduce modificaciones en los impuestos sobre los intereses pagados y el costo financiero del endeudamiento empresarial, en el de la ganancia mínima presunta, en el impuesto al valor agregado y en el impuesto sobre los bienes personales para promover la inversión y el crecimiento económico.

Sintéticamente, los puntos centrales de la reforma son:
· Reduce un 33% la tasa del impuesto sobre los intereses pagados y el costo financiero del endeudamiento empresarial a partir del 1º de enero de 2001.

· La rebaja se elevará al 46% a partir del 1º de julio de ese año.

· Se establece, con relación al impuesto sobre los intereses pagados, la posibilidad de ser computado como pago a cuenta de ganancias resultante de su liquidación final, siempre que no supere los $ 500.000.

· Se reforma el impuesto a la ganancia mínima presunta, por el cual se extiende a diez períodos fiscales el plazo para poder computar el excedente del gravamen que no sea posible tomar a cuenta de ganancias.

· En cuanto al IVA, se incorpora un régimen de acreditación y devolución de los créditos fiscales por compras e importaciones de bienes de capital afectados a actividades gravadas.

La Cámara de Diputados aprobó ayer (miércoles 1º) el paquete de medidas oficiales para alentar la inversión, que introduce modificaciones en los impuestos sobre los intereses pagados y el costo financiero del endeudamiento empresario, el IVA y los bienes personales.

Ahora, el proyecto de reforma anunciado por el Gobierno hace unos días, deberá tratarse en la Cámara alta donde el PJ tiene la mayoría.

Varios de los legisladores que hicieron uso de la palabra coincidieron en señalar que, más allá de las diferencias, se hacía imprescindible el apoyo a estas medidas como intento de paliar la seria crisis por la que traviesa el país.

De este consenso se deriva la celeridad con que la Cámara baja aprobó el proyecto tributario; dicho accionar se transformó en un mensaje de tranquilidad a los mercados bursátiles, luego de las preocupantes turbulencias que se registraron el miércoles de la semana pasada.

El proyecto oficial introduce modificaciones en los impuestos sobre los intereses pagados y el costo financiero del endeudamiento empresarial, en el de la ganancia mínima presunta, en el impuesto al valor agregado y en el impuesto sobre los bienes personales para promover la inversión y el crecimiento económico.

Sintéticamente, los puntos centrales de la reforma son:
· Reduce un 33% la tasa del impuesto sobre los intereses pagados y el costo financiero del endeudamiento empresarial a partir del 1º de enero de 2001.

· La rebaja se elevará al 46% a partir del 1º de julio de ese año.

· Se establece, con relación al impuesto sobre los intereses pagados, la posibilidad de ser computado como pago a cuenta de ganancias resultante de su liquidación final, siempre que no supere los $ 500.000.

· Se reforma el impuesto a la ganancia mínima presunta, por el cual se extiende a diez períodos fiscales el plazo para poder computar el excedente del gravamen que no sea posible tomar a cuenta de ganancias.

· En cuanto al IVA, se incorpora un régimen de acreditación y devolución de los créditos fiscales por compras e importaciones de bienes de capital afectados a actividades gravadas.

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