Beneficio impositivo para el transporte

Cuenta con media sanción en la Cámara Baja. El proyecto permite a las empresas computar como pago a cuenta del impuesto a las ganancias el porcentaje del ITC, incluido en el precio del gasoil.

1 noviembre, 2000

(DYN). – La Cámara de Diputados dio hoy (miércoles 1) media sanción a un proyecto que permite a las empresas de transporte computar como pago a cuenta del impuesto a las ganancias el porcentaje del Impuesto a la Transferencia del Combustible (ITC) incluido en el precio del gasoil.

El proyecto fue acordado entre el gobierno y el sector del transporte tras numerosas protestas por el aumento de sus costos a raíz del pago de peajes y de los combustibles.

“Es una respuesta razonable para un sector que tiene una importancia fundamental para el país”, aseguró el aliancista Alejandro Nieva, de Jujuy.

La iniciativa había sido enviada por el gobierno a la Cámara de Diputados el pasado 29 de mayo y contempla también que las sumas que no puedan compensarse para el impuesto a las ganancias podrán servir como pago a cuenta del impuesto a la ganancia mínima presunta, siempre que la base imponible sea inferior a $ 500 mil.

(DYN). – La Cámara de Diputados dio hoy (miércoles 1) media sanción a un proyecto que permite a las empresas de transporte computar como pago a cuenta del impuesto a las ganancias el porcentaje del Impuesto a la Transferencia del Combustible (ITC) incluido en el precio del gasoil.

El proyecto fue acordado entre el gobierno y el sector del transporte tras numerosas protestas por el aumento de sus costos a raíz del pago de peajes y de los combustibles.

“Es una respuesta razonable para un sector que tiene una importancia fundamental para el país”, aseguró el aliancista Alejandro Nieva, de Jujuy.

La iniciativa había sido enviada por el gobierno a la Cámara de Diputados el pasado 29 de mayo y contempla también que las sumas que no puedan compensarse para el impuesto a las ganancias podrán servir como pago a cuenta del impuesto a la ganancia mínima presunta, siempre que la base imponible sea inferior a $ 500 mil.

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