Impuesto a las Ganancias: estiman un ajuste cercano al 17% desde julio
La actualización semestral por inflación de escalas y deducciones podría rondar el 17,1% en el segundo semestre de 2026, según una estimación basada en el REM de mayo y el IPC, con impacto sobre las retenciones a empleados en relación de dependencia y sobre los umbrales de remuneración bruta alcanzada

La actualización semestral por inflación de las escalas y deducciones del Impuesto a las Ganancias podría ubicarse cerca del 17% para el segundo semestre de 2026, a partir de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulada en los primeros seis meses del año. El cálculo toma como referencia el último Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) de mayo, que estima una variación del 2,1% del IPC para junio.
El esquema de ajuste automático se encuadra en la Ley 27.742, denominada “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”. A partir de su entrada en vigencia, las escalas y deducciones aplicables para determinar las retenciones del Impuesto a las Ganancias sobre remuneraciones de empleados en relación de dependencia se actualizan de manera semestral en función del IPC.
Juan Gattesco, asociado de Tax & Legal de SMS Buenos Aires, señaló que, con una variación del 2,1% del IPC para junio, la inflación acumulada del primer semestre de 2026 quedaría “cercana al 17,1%”. Ese porcentaje funcionaría como base para el ajuste que impactaría en las retenciones aplicadas sobre los salarios a partir de julio.
Con esa estimación, las remuneraciones brutas alcanzadas por el impuesto desde los salarios de julio de 2026 serían aquellas que superen aproximadamente los $3.500.000 para trabajadores que no computen deducciones por cónyuge o hijos menores a cargo. En el caso de quienes tengan a su cargo un cónyuge y declaren la deducción correspondiente, el umbral de remuneración bruta alcanzada por el tributo ascendería a unos $4.060.000.
El análisis también contempla la posibilidad de deducir a un conviviente, siempre que se haya realizado el trámite de unión convivencial ante el Registro Civil. Además, la deducción por cónyuge o conviviente resulta procedente cuando esa persona no obtiene ingresos superiores al mínimo no imponible.
Para contribuyentes con hijos menores de 18 años a cargo, puede computarse una deducción adicional por cada hijo. Así, un empleado en relación de dependencia que deduce a su cónyuge y a dos hijos menores quedaría alcanzado por el impuesto cuando su remuneración bruta supere aproximadamente los $4.640.000.
Gattesco remarcó que las deducciones por cónyuge, conviviente, hijos y otros conceptos no se aplican automáticamente. Para acceder, cada trabajador debe informarlas a su empleador mediante la presentación del formulario SIRADIG, disponible a través de la página web de ARCA. “Su omisión o demora puede derivar en retenciones superiores a las correspondientes, afectando negativamente el ingreso neto del empleado”, dijo Gattesco.
Según el cronograma informado por el Indec, la publicación del IPC correspondiente a junio está prevista para el 17 de julio de 2026. Una vez difundido ese dato, ARCA deberá publicar las nuevas escalas y deducciones que regirán durante el segundo semestre del año.
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