El debate sobre la educación en Argentina ha tomado un giro radical con la propuesta del Proyecto de Ley de Libertad Educativa (PLL). (Nota del editor: en Revista Mercado ya hemos avanzado sobre el tema en esta nota del mismo autor). Este proyecto no es una simple reforma, sino una transformación profunda del sistema, que se inspira en un controvertido y derogado modelo ya probado en América Latina: la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza (LOCE), implementada en Chile en 1990. Analizar el PLL es, en gran medida, estudiar una versión actualizada y más extrema de la filosofía educativa de mercado que rigió en Chile por casi dos décadas.
Ambos marcos, el chileno precursor y el argentino propuesto, comparten un objetivo fundamental: reconfigurar la educación bajo los principios de libertad de enseñanza y la subsidiariedad estatal. Esto significa que el Estado se retira de su rol de proveedor principal para ser solo un garante, asegurando el acceso y la calidad mínima, mientras que la familia es reafirmada como el agente natural y primario de la formación. En esencia, se busca que el sistema sea impulsado por la elección de los padres y la competencia entre las instituciones.
La distinción más notable entre ambos proyectos, aunque sutil en su manifestación, reside en cómo se establece este rol limitado del Estado. La LOCE chilena, promulgada cuando finalizaba un régimen autoritario como el de Pinochet, operó bajo la filosofía de la subsidiariedad que ya era un pilar en la Constitución chilena de 1980, también reformada bajo el mismo gobierno dictatorial. El Estado chileno se limitaba a ser un regulador que financiaba la demanda sin ser el proveedor exclusivo de la educación.
El PLL argentino, en cambio, no deja este principio a la interpretación. Lo codifica de forma explícita como un principio rector del sistema educativo nacional. Pero va mucho más allá. El proyecto establece una cláusula legal crucial: obliga a cualquier autoridad futura a justificar cualquier acción de regulación bajo los principios de necesidad, subsidiariedad, razonabilidad y proporcionalidad. Este requisito es visto como un “blindaje legal” diseñado para dificultar o impedir que futuras administraciones puedan expandir la intervención estatal o revertir el modelo de “libertad educativa”. En este punto, el PLL se presenta como una versión más rigurosa que su antecesor chileno.
Si el rol del Estado es el pilar filosófico, el sistema de financiamiento es el motor que impulsa la competencia. La LOCE chilena de 1990 fue pionera en la región al establecer un sistema de subvención per-cápita , comúnmente denominado “voucher implícito”. El subsidio se pagaba a la escuela (municipal o privada subvencionada) en función de la asistencia del alumno, lo que hacía que los recursos siguieran al estudiante. Esto forzó a las escuelas a competir por la matrícula, ya que su ingreso dependía de cuántos alumnos pudieran atraer y retener.
El PLL argentino adopta esta lógica, pero la radicaliza aún más. En lugar de un subsidio implícito pagado a la institución, el proyecto introduce los vales educativos, las becas u otros instrumentos equivalentes que son otorgados directamente a las familias o a los alumnos. Al transferir el recurso al “consumidor” (el estudiante o su familia), se maximiza su poder de elección, intensificando la presión competitiva sobre todas las instituciones, tanto estatales como privadas. El proyecto garantiza la igualdad jurídica entre las instituciones estatales y privadas en el acceso al financiamiento , buscando una equidad formal donde la suma del aporte estatal y el arancel familiar (limitado) no sea inferior al costo por alumno en el sector estatal.
Otra diferencia sustancial y novedosa del PLL es su redefinición de la gobernanza en las escuelas estatales. Si bien la LOCE chilena de 1990 se enfocó en el financiamiento y la creación de un sistema mixto, no abordó la gestión de las escuelas públicas con la misma profundidad.
El PLL argentino introduce el Consejo Escolar de Padres (CEP) en las instituciones estatales. Este consejo, integrado por padres elegidos, no tiene una función meramente consultiva. El CEP está dotado de facultades de dirección operativa y control institucional. Lo más trascendente es su capacidad para intervenir en asuntos estratégicos, como el nombramiento y la remoción del Director.
Esta atribución es clave porque le otorga a la comunidad educativa local un poder de gestión que tradicionalmente ha estado reservado a la administración estatal. Al alinear el incentivo del Director (mantener su puesto) con la satisfacción de la demanda (los padres), se busca que las escuelas públicas adopten la lógica de la gestión privada y compitan de manera efectiva en un mercado educativo desregulado.
La filosofía de la libertad educativa requiere que las escuelas tengan la capacidad de definir su propio proyecto, más allá de los mínimos comunes. El PLL garantiza una amplia autonomía institucional y pedagógica , incluyendo la facultad de definir el régimen interno y las políticas de admisión.
Para proteger el pluralismo curricular de una posible asfixia por contenidos nacionales excesivos, el PLL crea el Espacio de Autonomía Curricular (EAC). Este es un tiempo lectivo obligatorio (al menos el 25% de la carga horaria anual ) que cada institución debe usar para desarrollar asignaturas o proyectos que reflejen su propio ideario.
Además, el PLL avanza sobre la LOCE original al reconocer y regular formalmente modalidades de enseñanza no tradicionales, como la Educación en el Hogar (homeschooling), la Educación Híbrida y la Educación a Distancia. En un gesto que representa la máxima expresión de la libertad de enseñanza , el Estado argentino se despoja de la necesidad de supervisar los procesos de estas modalidades alternativas y se centra únicamente en el resultado: el estudiante solo necesita acreditar los contenidos mínimos comunes definidos por el Estado.
Para que un sistema de elección y competencia funcione, las familias necesitan información confiable. El PLL hace de la evaluación y la transparencia herramientas fundamentales de su modelo. El proyecto requiere una política continua de evaluación que incluya a los Contenidos Mínimos Comunes, los procesos institucionales y el desempeño de docentes y directivos.
Lo central es la obligación de la autoridad nacional de publicar anualmente, en formato abierto, los resultados de estas evaluaciones desagregados por institución educativa. Esta publicación, conocida como rendición de cuentas (accountability), introduce una presión de mercado directa. Las escuelas con bajo rendimiento corren el riesgo de perder matrícula y, por lo tanto, financiamiento (en el sistema de vales), lo que las obliga a mejorar o enfrentar una crisis.
Algunas posibles proyecciones y advertencias basadas en la experiencia comparada
El PLL argentino es un marco legal diseñado para la transformación , utilizando el modelo chileno como referencia estructural pero complementándolo con mecanismos que buscan maximizar la autonomía, la rendición de cuentas y el poder de la demanda familiar. Sin embargo, la experiencia de la LOCE chilena, que condujo a una intensa competencia, ofrece proyecciones críticas y advertencias importantes para Argentina:
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El riesgo de la segmentación socioeconómica: A pesar de que el PLL busca la equidad formal al garantizar un financiamiento similar por alumno entre sectores , la combinación de los vales educativos con la posibilidad de que las escuelas privadas cobren aranceles complementarios (contribución familiar) podría llevar a una estratificación social y académica. En Chile, las escuelas con mejor reputación o ubicadas en zonas de mayor poder adquisitivo pudieron atraer estudiantes con más recursos al cobrar copago, creando una segmentación en el sistema educativo. Existe un riesgo inherente de que el PLL replique esta segmentación en Argentina.
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Presión y fuga de recursos hacia el sector privado: El éxito del proyecto dependerá de la capacidad de las escuelas estatales para competir y adaptarse a la demanda bajo la nueva gestión con los Consejos de Padres. Si las instituciones públicas no logran la calidad y eficiencia que demandan las familias, Una posibilidad concreta es que los recursos públicos (a través de los vales) fluyan hacia el sector privado, debilitando la escuela estatal tradicional.
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Enfoque excesivo en resultados: La presión competitiva, reforzada por la publicación obligatoria de los resultados de evaluación por escuela , puede llevar a un fenómeno conocido como “enseñar para la prueba” (teaching to the test). La experiencia chilena mostró el riesgo de que las escuelas distorsionen el currículo o incluso excluyan alumnos de bajo rendimiento para proteger sus indicadores de evaluación. Es crucial que la autoridad de aplicación evite que este enfoque en los resultados sacrifique la diversidad curricular o la inclusión de estudiantes.
En síntesis. el PLL, en su diseño, constituye una apuesta de ruptura paradigmática, buscando demoler la estructura actual argentina para cimentar un sistema donde la elección familiar y la autonomía institucional sean los motores primarios. La experiencia chilena demuestra que este modelo genera competencia, pero también obliga a una vigilancia constante para que la equidad formal no se traduzca en una mayor desigualdad real, esa vigilancia contraria al espíritu de la propuesta ya que aborrece toda regulación del sector educativo.












