Con años de retraso, Italia imita a ley matrimonial de la Rúa

Dìas atrás, el senado aprobó un proyecto por el cual las mujeres ya no podrán llevar el apellido del esposo. Los italianos creen copiarse de España, pero también su ley es posterior a la argentina. Con un error: es obligatoria, no optativa.

22 enero, 2007

En realidad, hay otros matices. La reforma impulsada por el entonces senador Fernando de la Rúa se basaba en la patria potestad compartida o unilateral (si falta uno de los progenitores) y la igualdad entre uniones legales o de hecho. Desaparecía, como en el proyecto italiano, la diferencia jurídica entre hijos legítimos e ilegítimos, junto con el sacrosanto “de” entre el apellido de soltera y el de casada.

Precisamente, la injerencia del Vaticano ubicó el debate peninsular en el terreno de las uniones de hecho, que la jerarquía católica persiste en rechazar, años después de haber perdido la batalla en favor del matrimonio por iglesia sobre el civil. Pero la veda a llevar el apellido del marido va más allá del precedente argentino, que es optativo. En cuanto al lado político, los cardenales sólo fueron apoyados por partidos confesionales, pues el frente reformista es transversal y va de derecha a izquierda.

Eso determina que, cuando el proyecto pase por la cámara baja, hay al menos una enmienda propuesta: ella podrá portar o no el apellido de él. En otras palabras, se subsanará una contradicción, pues los hijos tienen derecho indistinto a llevar el apellido paterno, el materno o ambos. Al respecto, cabe consignar un matiz en Argentina: a menudo, hasta las damas más izquierdistas se aferran tanto al apellido de casada como al ya ilegal “de”.

En realidad, hay otros matices. La reforma impulsada por el entonces senador Fernando de la Rúa se basaba en la patria potestad compartida o unilateral (si falta uno de los progenitores) y la igualdad entre uniones legales o de hecho. Desaparecía, como en el proyecto italiano, la diferencia jurídica entre hijos legítimos e ilegítimos, junto con el sacrosanto “de” entre el apellido de soltera y el de casada.

Precisamente, la injerencia del Vaticano ubicó el debate peninsular en el terreno de las uniones de hecho, que la jerarquía católica persiste en rechazar, años después de haber perdido la batalla en favor del matrimonio por iglesia sobre el civil. Pero la veda a llevar el apellido del marido va más allá del precedente argentino, que es optativo. En cuanto al lado político, los cardenales sólo fueron apoyados por partidos confesionales, pues el frente reformista es transversal y va de derecha a izquierda.

Eso determina que, cuando el proyecto pase por la cámara baja, hay al menos una enmienda propuesta: ella podrá portar o no el apellido de él. En otras palabras, se subsanará una contradicción, pues los hijos tienen derecho indistinto a llevar el apellido paterno, el materno o ambos. Al respecto, cabe consignar un matiz en Argentina: a menudo, hasta las damas más izquierdistas se aferran tanto al apellido de casada como al ya ilegal “de”.

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