Por Juan Cruz Amirante (*)
Las indagaciones que se iniciaron en el país vecino y siguieron en Estados Unidos dejaron a Argentina al descubierto: hace 16 años que no cumple la convención para Combatir el Cohecho de la OCDE ¿Cómo juzgar a los empresarios y políticos involucrados? ¿Qué hacer frente a las declaraciones contundentes de ejecutivos de la constructora sobre pagos millonarios de sobornos en el país?
La ley de “responsabilidad penal de las personas jurídicas”, enviada al Congreso hace ya casi un año, va en busca justamente de ese camino, intentando sanear este vacío legal que nos deja detrás de varios países de la región.
Ahora bien, la ley ¿genera conciencia en el empresariado local o simplemente actúa después del delito? La ley prevé la creación de un “programa de integridad” dentro de las empresas, diseñados para detectar conductas ilícitas cometidas en la sociedad, cuya ausencia o ineficiencia constituye el fundamento de la responsabilidad penal.
El programa que propone la ley está emparentado definitivamente con el de cumplimiento y de esta manera los oficiales de cumplimiento deberán agregar una nueva lista de normas. Pero entonces la siguiente pregunta es: ¿cuántas empresas poseen programas de cumplimiento? Según el último informe de fraude elaborado por Kroll, el 82% de las compañías sufrió incidentes de fraude en los últimos doce meses y esto se debe a fallas concretas en los procesos de cumplimiento principalmente, dejando al descubierto una problemática que afecta a empresas de todo el mundo.
Por último, ¿cómo es posible generar nuevos programas de integridad si aún los de cumplimiento poseen fallas? Si los enormes costos en multas y reputación de las empresas cuando suceden fraudes corporativos, no han sido una buena lección, seguramente la responsabilidad penal definitivamente les permitirá tomar conciencia.
Es en definitiva hora de tomar conciencia de que la prevención es posible: el compromiso de los directorios de las empresas, los códigos de ética, la evaluación de riesgos, la creación de alertas tempranas y los procedimientos que establezcan reglas claras para interactuar ya no sólo con los proveedores sino con todo el sector público, serán las claves de la ley.
(*) Juan Cruz Amirante es Head Office de Kroll para Argentina, donde se especializa en complejas investigaciones financieras y tareas de contabilidad forense para la industria de servicios financieros y otras grandes corporaciones multinacionales en Argentina, Brasil, Uruguay, Chile, Bolivia, Paraguay y Colombia.