Como se recordará, la consultora privada había obtenido datos de los 87 millones de usuarios de la red social y los usó para invluir en su voto durante la campaña presidencial de Estados Unidos en 2016. En todo momento, Facebook negó que hubiera estado en conocimiento de tal maniobra.
La ICO anunció su intención de multar a Facebook en julio 2018 y tres meses más tarde emitió el aviso oficial del pago castigo. Facebook apeló contra la multa y en junio 2019 el tribunal emitió una decisión interina donde dice que “se deben considerar como parte de la apelación la supuesta inequidad de procedimiento y la acusación de tendenciosa la decisión de la ICO”. Agregaba que ICO debía presentar material relacionado con el proceso de decisión de la multa.
Según los términos del acuerdo Facebook no admite responsabilidad y se le concede el derecho a retener los documentos revelados por la ICO, en parte porque pueden ayudarle a llevar adelante su propia investigación sobre los hechos relacionados con Cambridge Analytica. Esa investigación había sido interrumpida por la ICO.
Como la violación de datos por parte de Cambridge Analytica ocurrió en 2015, antes de la implementación de la regulación de proteción de datos aprobada por la UE en 2018, la máxima multa posible que puede exigir la ICO es de 500.000 libras esterlinas. Si los hechos hubieran ocurrido después de mayo 2018 la multa podría haber sido mucho más alta: 4% de los ingresos anuales de la red social.