Son de Allan Lerrick, Adam Meltzer y Charles Calomiris. La idea es tratar el cese de pagos de deudor soberano igual que una convocatoria de deudor privado.
Al respecto, Calomiris subrayaba un factor poco tenido en cuenta y lo refería al caso de Argentina: las obligaciones contraídas por el gobierno se han instrumentado ante los tribunales federales de Nueva York. Como observan Henry Kissinger en su reciente libro (Does America need a foreign policy?, Simon&Schuster, NY, 2/02) y Anne Krueger en un trabajo anterior, ese factor limita de por sí las soberanías formales y, en cierto modo, compromete a la Reserva Federal de Nueva York y/o a la Tesorería como prestamistas de última instancia.
Objetivamente, todos los esquemas actuales sobre quiebra soberana se originan en un documento técnico tratado en una reunión del G/7 (Halifax, Canadá, 1995). Fue el primer debate explícito sobre el problema y participaban Calomiris, Joseph Stiglitz (Nobel económico 2001) y Paul Krugman, entre otros.
Todos estos antecedentes prevén un grupo veedor similar a una sindicatura concursal, según el capítulo XI de la ley federal de quiebras. De hecho, existen precedentes jurídicos en EE.UU., dado que la mayoría de los estados –cuya autonomía es casi una soberanía sui generis– adhiere a las normas federales.
Son de Allan Lerrick, Adam Meltzer y Charles Calomiris. La idea es tratar el cese de pagos de deudor soberano igual que una convocatoria de deudor privado.
Al respecto, Calomiris subrayaba un factor poco tenido en cuenta y lo refería al caso de Argentina: las obligaciones contraídas por el gobierno se han instrumentado ante los tribunales federales de Nueva York. Como observan Henry Kissinger en su reciente libro (Does America need a foreign policy?, Simon&Schuster, NY, 2/02) y Anne Krueger en un trabajo anterior, ese factor limita de por sí las soberanías formales y, en cierto modo, compromete a la Reserva Federal de Nueva York y/o a la Tesorería como prestamistas de última instancia.
Objetivamente, todos los esquemas actuales sobre quiebra soberana se originan en un documento técnico tratado en una reunión del G/7 (Halifax, Canadá, 1995). Fue el primer debate explícito sobre el problema y participaban Calomiris, Joseph Stiglitz (Nobel económico 2001) y Paul Krugman, entre otros.
Todos estos antecedentes prevén un grupo veedor similar a una sindicatura concursal, según el capítulo XI de la ley federal de quiebras. De hecho, existen precedentes jurídicos en EE.UU., dado que la mayoría de los estados –cuya autonomía es casi una soberanía sui generis– adhiere a las normas federales.