<p>Empezamos por definir una serie de situaciones establecidas en las temporarias, por ejemplo que si una parturienta llega tiene que permanecer por lo menos tres años más asociada, pagando una cuota que debe ser igual al costo que le sale de dividir esa atención en 36 meses más la cuota correspondiente al plan.<br />
Con las crónicas estamos clasificando cuáles son y elaboramos una tabla de coeficientes por riesgos de cada preexistencia. Aplicados, aumentarán la cuota en 0,1; 2,3, depende de lo que dé. En breve convocaremos a las cámaras de medicina prepaga para mostrárselos y a partir de ahí sacaremos una resolución determinando los adicionales de las cuotas que correspondan a cada enfermedad preexistente.<br />
Sobre las llamadas catastróficas, entendemos que debería haber un reaseguro y se lo vamos a proponer a las cámaras; podría funcionar como un fondo solidario al que la empresa de medicina privada pueda acudir para afrontar algún gasto extraordinario por una patología especial de algún usuario, como si le tocara una operación de US$ 300 mil o un tratamiento de US$ 20 mil por mes, como se han dado casos.</p>
<p><strong>-¿Es consistente el mecanismo de ajuste en las cuotas con el proceso de las paritarias del sector?</strong></p>
<p>-A partir de enero disponen de un mecanismo de ajuste de cuotas para los financiadores, por el cual cada una de las empresas puede solicitar autorización del aumento a la Superintendencia. Se lo analiza y produce un expediente, que se remite a la Secretaría de Comercio Interior, que también saca un dictamen vinculante y después va al Ministerio de Salud.<br />
Los prestadores, en cambio, deben negociar en una paritaria, que como dicen tiene una incidencia importante en los costos: algunos hablan de 70 %, nosotros entendemos que anda entre 45 y 60%. </p>
<p><strong>-¿Cómo se distingue a partir de la ley entre iniciativa privada y encuadre social en la salud?</strong></p>
<p>-Tenemos financiadores y prestadores, y en el medio está la integración. Los elementos prácticos en una atención de salud deben estar orientados con normativas que aseguren claramente cuáles son los derechos del usuario, pero también cuáles son las obligaciones de las entidades en cuanto a la prestación. La referencia pasa por el programa médico obligatorio, a partir del cual las empresas de medicina prepaga ofrecen planes superadores y complementarios, generalmente no en cuanto a la prestación médica, sino por ejemplo en hotelería, calidad en determinados servicios, transportes, etc.<br />
Y cuando realizan una inversión en tomógrafos o resonadores de última generación, lo mismo que medicamentos de avanzada, la Superintendencia hará la evaluación tecnológica y, en caso de haberse reunido evidencia científica, los autoriza e incorpora al programa médico obligatorio: si se necesita un equipo o medicación no es para uno, sino para todos.</p>
<p><strong>-¿En qué punto de la reglamentación de la ley estamos?</strong></p>
<p>- Como faltaba en la ley un sinnúmero de sujetos que son financiadores de un sistema privado, la Presidenta, a través del decreto de necesidad y urgencia 1991, incluyó a: cooperativas, mutuales, sociedades comerciales, asociaciones civiles. Así llegamos al número de 568 registradas. Hubo además un segundo decreto, que primero extendía a un subsistema privado de salud la regulación de empresas de medicina privada mencionadas por la ley. Y en segundo, hacía que cualquier reclamo, sea para una obra social o para una empresa de medicina privada, se concentre en un solo lugar, que es la Superintendencia de Servicios de Salud.</p>
<p><strong>Riesgos</strong></p>
<p><strong>-¿Cree que afecta el equilibrio económico de las prepagas que la ley las obligue a admitir pacientes con enfermedades preexistentes?</strong></p>
<p>- Antes de la regulación, las empresas de medicina prepaga seleccionaban a la población de mejores recursos y con menos posibilidades epidemiológicas para asociarla. Hoy, la ley acepta que haya preexistencias y se las haga constar en una declaración jurada, que la empresa puede corroborar. Las hemos clasificado en tres: temporarias, crónicas, y de alto costo y baja incidencia.<br />
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