Paritaria mercantil: Comercio acordó una suba salarial del 5% en tres tramos
El entendimiento fija un incremento sobre las escalas del CCT 130/75, calculado sobre marzo de 2026, e incorpora una suma fija no remunerativa de $20.000 y una contribución adicional para Osecac con vigencia desde el 1° de abril de 2026

La actividad mercantil cerró un nuevo acuerdo paritario con un incremento salarial total del 5% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) N° 130/75. El entendimiento fue suscripto por la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (Udeca) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys).
El esquema definido establece que el 5% se aplicará como “asignación remunerativa y no acumulativa” y se abonará en tres tramos. La base de cálculo será “los valores expresados para el mes de marzo de 2026, con más las sumas no remunerativas a dicha fecha”, criterio que determina el punto de partida para la actualización de las escalas.
El cronograma de pagos quedó distribuido de la siguiente manera: 2% a partir de abril de 2026; 1,5% a partir de mayo de 2026; y 1,5% a partir de junio de 2026. Con esa secuencia, el aumento se incorpora de forma gradual durante el segundo trimestre, bajo la modalidad prevista en el acuerdo.
Además del componente porcentual, las partes pactaron el otorgamiento de una suma fija no remunerativa de $20.000. Ese monto “se adicionará a la suma no remunerativa abonada a la fecha y que continuará en su carácter”, por lo que se suma a los importes no remunerativos ya vigentes al momento de la firma.
En paralelo, el acuerdo incorporó una contribución adicional y solidaria a cargo de los empleadores comprendidos en el convenio. La medida se vinculó con el financiamiento del sistema solidario de salud, con foco en la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (Osecac). El objetivo explicitado fue “garantizar el normal funcionamiento y las obligaciones a las que debe hacer frente del sistema solidario de salud”.
La vigencia de lo pactado comenzará el 1° de abril de 2026. El texto también incluyó una precisión sobre el alcance territorial: los incrementos acordados no serán vinculantes para eventuales acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, aunque las sumas resultantes de los incrementos pactados constituirán el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.
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