Los bancos ya no podrán vender dólares
El Poder Ejecutivo dispuso que las entidades financieras depositen en el Banco Central "todos los billetes en dólares ó en moneda extranjera que tuvieran como disponibilidades, las cuales serán convertidas a pesos a la equivalencia de 1,40 peso".
4 febrero, 2002
Por su parte, las fuentes financieras consultadas aseguraron que “no vamos a poder hacer nada” desde el punto de vista legal.
En igual sentido, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich,
explicó que el decreto restringe la venta de dólares y sostuvo que
“hemos adoptado esa decisión durante el fin de semana”.
El decreto de necesidad y urgencia, que rige desde este lunes,
establece en su artículo 10 que “todos los saldos
existentes en dólares estadounidenses u otras monedas extranjeras
en el Banco Central de la República Argentina a favor de cada
entidad financiera serán convertidos” a la cotización oficial de
1,40 peso por unidad.
En el decreto de Reordenamiento del Sistema Financiero se
dispone también la emisión de un bono en dólares, “con cargo a los
fondos del Tesoro Nacional” por el que podrán optar los
depositantes en el sistema financiero, en sustitución a la
devolución de sus ahorros, hasta la suma tope de 30 mil dólares.
Paralelamente, se establece que todos los depósitos en dólares
u otras monedas extranjeras existentes en el sistema financiero
serán convertidas a pesos a razón de 1,40 peso por cada dólar y
las deudas serán convertidas a razón de un peso por cada unidad de
la moneda norteamericana.
El mismo tratamiento (uno a uno) tendrán las deudas expresadas
en dólares u otra moneda extranjera no vinculadas con el sistema
financiero.
En lo que respecta a los depósitos y las deudas expresadas en
dólares u otra moneda extranjera se les aplicará un Coeficiente de
Estabilización de Referencia, que será publicado por el Banco
Central (BCRA).
Fuente: Noticias Argentinas
Por su parte, las fuentes financieras consultadas aseguraron que “no vamos a poder hacer nada” desde el punto de vista legal.
En igual sentido, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich,
explicó que el decreto restringe la venta de dólares y sostuvo que
“hemos adoptado esa decisión durante el fin de semana”.
El decreto de necesidad y urgencia, que rige desde este lunes,
establece en su artículo 10 que “todos los saldos
existentes en dólares estadounidenses u otras monedas extranjeras
en el Banco Central de la República Argentina a favor de cada
entidad financiera serán convertidos” a la cotización oficial de
1,40 peso por unidad.
En el decreto de Reordenamiento del Sistema Financiero se
dispone también la emisión de un bono en dólares, “con cargo a los
fondos del Tesoro Nacional” por el que podrán optar los
depositantes en el sistema financiero, en sustitución a la
devolución de sus ahorros, hasta la suma tope de 30 mil dólares.
Paralelamente, se establece que todos los depósitos en dólares
u otras monedas extranjeras existentes en el sistema financiero
serán convertidas a pesos a razón de 1,40 peso por cada dólar y
las deudas serán convertidas a razón de un peso por cada unidad de
la moneda norteamericana.
El mismo tratamiento (uno a uno) tendrán las deudas expresadas
en dólares u otra moneda extranjera no vinculadas con el sistema
financiero.
En lo que respecta a los depósitos y las deudas expresadas en
dólares u otra moneda extranjera se les aplicará un Coeficiente de
Estabilización de Referencia, que será publicado por el Banco
Central (BCRA).
Fuente: Noticias Argentinas