Exentos del monotributo

Los profesionales que facturen menos de $ 36.000 anuales no tendrán que pagar este impuesto.

10 marzo, 2000

(DyN).- La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó un falló que impide a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) obligar a los profesionales que ganan menos de $ 36 mil al año inscribirse en el monotributo.

La Cámara ratificó la declaración de inconstitucionalidad de la ley 24.977 que instauró el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, en base a un falló anterior del juez Osvaldo Guglielmino que data de marzo del año pasado.

Con esta sentencia se declaró la inconstitucionalidad de la ley 24.997, que impide a los profesionales que ganen menos de 36 mil pesos mantenerse como responsables no inscriptos ante el Fisco. Guglielmino hizo lugar a una acción de amparo promovida por el entonces defensor del Pueblo de la Nación, Jorge Maiorano.

(DyN).- La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó un falló que impide a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) obligar a los profesionales que ganan menos de $ 36 mil al año inscribirse en el monotributo.

La Cámara ratificó la declaración de inconstitucionalidad de la ley 24.977 que instauró el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, en base a un falló anterior del juez Osvaldo Guglielmino que data de marzo del año pasado.

Con esta sentencia se declaró la inconstitucionalidad de la ley 24.997, que impide a los profesionales que ganen menos de 36 mil pesos mantenerse como responsables no inscriptos ante el Fisco. Guglielmino hizo lugar a una acción de amparo promovida por el entonces defensor del Pueblo de la Nación, Jorge Maiorano.

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