Empleo en negro: mayor indemnización

Las empresas que despidan personal no registrado deberán pagar elevadas multas y el doble de la indemnización correspondiente a los empleados en condiciones normales.

12 octubre, 2000

Desde hoy (jueves 12) las empresas y sociedades que despidan personal que no esté registrado deberán pagar el doble de la indemnización correspondiente a un empleado en situación regular.

Aunque la ley no lo especifica con claridad, sería el Ministerio de Trabajo quien se encargaría de efectuar los controles para detectar trabajadores en negro, aunque los trabajadores de este cartera deberán estar acompañados por personal del Anses.

Según los datos de la cartera laboral, actualmente los empleados en situación irregular superarían los 4,5 millones, incluyendo los subocupados.

En el caso de que la empresa no reconozca la indemnización, el empleado podrá efectuar acciones judiciales el monto final del pago se incrementaría 50%.

Sólo en el caso de que la situación irregular de los empleados haya sido sostenida debido a situaciones financieras comprobables de la empresa, el juez podrá reducir “prudencialmente” el monto indemnizatorio.

Desde hoy (jueves 12) las empresas y sociedades que despidan personal que no esté registrado deberán pagar el doble de la indemnización correspondiente a un empleado en situación regular.

Aunque la ley no lo especifica con claridad, sería el Ministerio de Trabajo quien se encargaría de efectuar los controles para detectar trabajadores en negro, aunque los trabajadores de este cartera deberán estar acompañados por personal del Anses.

Según los datos de la cartera laboral, actualmente los empleados en situación irregular superarían los 4,5 millones, incluyendo los subocupados.

En el caso de que la empresa no reconozca la indemnización, el empleado podrá efectuar acciones judiciales el monto final del pago se incrementaría 50%.

Sólo en el caso de que la situación irregular de los empleados haya sido sostenida debido a situaciones financieras comprobables de la empresa, el juez podrá reducir “prudencialmente” el monto indemnizatorio.

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