El mecanismo para distribuir retenciones

BUENOS AIRES, mar 20 (DyN) - El Gobierno oficializó hoy la creación del Fondo Federal Solidario, destinado a distribuir entre los estados provinciales 30 % de la recaudación correspondiente a retenciones en concepto de ventas al exterior de todo el complejo sojero nacional.

20 marzo, 2009

<p>El restante 70 %, en tanto, quedar&aacute; en poder del Ejecutivo y si bien se trata de un &quot;derecho de exportaci&oacute;n&quot;, establecido en el C&oacute;digo Aduanero, la normativa difundida hoy en el Bolet&iacute;n Oficial no especifica ni analiza ese punto. <br />
La medida se conoci&oacute; mediante la difusi&oacute;n del decreto 206/2009, publicado con la firma de la presidenta de la Naci&oacute;n, Cristina Fern&aacute;ndez de Kirchner, el Jefe de Gabinete, Sergio Massa y la totalidad de los integrantes del Gabinete Nacional de ministros de la Rep&uacute;blica.<br />
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Aunque la normativa se&ntilde;ala que la distribuci&oacute;n de esas partidas se realizar&aacute; en forma &quot;autom&aacute;tica&quot;, en el art&iacute;culo tercero remarca que se distribuir&aacute; entre los estados provinciales &quot;que adhieran&quot; a la medida a trav&eacute;s del Banco Naci&oacute;n y &quot;de acuerdo a los porcentajes establecidos&quot;.<br />
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En ese p&aacute;rrafo, en principio, se estar&iacute;a aludiendo al sistema de coparticiapci&oacute;n establecido desde la Naci&oacute;n para con las provincias, si bien s&oacute;lo se menciona la ley que establece esa distribuci&oacute;n (23.548 y sus modificaciones), seg&uacute;n precisa el Bolet&iacute;n Oficial.<br />
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El decreto tambi&eacute;n refiere que las trasferencias del dinero ser&aacute;n diarias, as&iacute; como que el Banco Naci&oacute;n no percibir&aacute; ninguna retribuci&oacute;n por cumplir con esa funci&oacute;n.<br />
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En otro tramo, la norma puntualiza que &quot;las provincias que adhieran&quot; a la medida dispuesta por el Ejecutivo, que &quot;resultar&aacute;n beneficiarias del Fondo&quot;, estar&aacute;n obligadas a establecer un r&eacute;gimen de reparto &quot;autom&aacute;tico&quot;, para derivar las partidas correspondientes a los municipios, &quot;en proporci&oacute;n semejante a la que se destina de la coparticipaci&ograve;n federal de impuestos&quot;.<br />
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El texto agrega que esa distribuci&oacute;n de partidas no podr&aacute; ser inferior, en ning&uacute;n caso &quot;al 30 % del total de los fondos que se destinen a la provincia por su adhesi&oacute;n&quot; a la normativa.<br />
Destaca, adem&aacute;s, que las provincias que adhieran deber&aacute;n establecer mecanismos de control que garanticen la &quot;transparencia&quot; en el uso de las remesas, as&iacute; como el correcto destino a mejoras en infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria y de vivienda, o vial, en &aacute;mbitos urbanos y rurales, tal como se fija en el art&iacute;culo primero del decreto.<br />
La normativa oficial rige desde hoy, mientras que los fondos recaudados comenzar&aacute;n a distribuirse &quot;el primer d&iacute;a del mes inmediato posterior&quot; a la publicaci&oacute;n del decreto en el Bolet&iacute;n Oficial, esto es el mi&eacute;rcoles 1&ordm; de abril venidero, entre los estados provinciales que hubieran adherido, &quot;las que deber&aacute;n implementar en el mismo lapso su propio mecanismo de reparto&quot;, precisa el decreto del Ejecutivo Nacional. <br />
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