El fallo de la corte y la situación fiscal

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A través de un decreto de necesidad y urgencia, el gobierno generalizó el fallo de la Corte suspendiendo la derivación del 15% de la masa coparticipable con destino a la ANSES. El informe de Idesa cuestiona el procedimiento y propone alternativas.

Haberse apropiado indebidamente de esos fondos durante una década y arrebatadamente suspender la derivación antes de dejar el poder es una conducta mendaz. De todas formas, dado que esos recursos no eran utilizados para pagar jubilaciones, el tardío fallo y el decreto pueden ser la oportunidad para dar más racionalidad, profesionalismo y ética al manejo del sistema previsional, sostuvo en el reporte Número 629 el Instituto de Desarrollo Económico y Social Argentino.

 

Ante el fallo de la Corte Suprema de Justicia que suspendió en favor de Córdoba, San Luis y Santa Fe la detracción del 15% de la masa coparticipable para financiar a la ANSES, el gobierno decidió emitir intempestivamente un decreto de necesidad y urgencia haciendo extensivo el beneficio al resto de las provincias.

 

Que luego de varios años de conflicto y cuando falta apenas días para el cambio de gobierno la Corte decida emitir el fallo y el Poder Ejecutivo Nacional este decreto, es un rasgo de la profunda debilidad institucional imperante, señala el comentario que orienta el economista jefe de Idesa, Jorge Colina.

 

A su vez, aumenta el deterioro de la situación fiscal que heredará el próximo gobierno y justifica las preocupaciones sobre la sustentabilidad del sistema previsional.

 

Para determinar el impacto que tendrá esta decisión se debe analizar la estructura de financiamiento de la ANSES y sus principales erogaciones.

 

En este sentido, los datos de 2014 señalan que el 56% de los ingresos del sistema previsional se generaron a través de cargas sociales, un 26% a través de impuestos afectados y un 18% con la detracción del 15% de la masa coparticipable.    

 

Estos recursos fueron asignados a los siguientes rubros:

  • Un 53% al pago de jubilaciones y pensiones del régimen de reparto.
  • Un 22% a financiar jubilaciones sin aportes otorgadas a través de las moratorias.
  • Un 25% a otras finalidades fundamentalmente cubrir el déficit fiscal.

 

Estos datos indican, por un lado, que los aportes y contribuciones de los afiliados activos alcanzaron para pagar las jubilaciones y pensiones de la gente que en su momento hizo aportes. Por el otro, que los impuestos de afectación específica permitieron generar un volumen de recursos suficientes para financiar el gasto que imponen las jubilaciones otorgadas sin aportes.

 

Por último, que a las cuentas de la ANSES ingresó una enorme cantidad de recursos por la derivación del 15% de la masa coparticipable que no se utilizaron para pagar jubilaciones.

 

El pacto fiscal en el que se acordó la derivación del 15% de la masa coparticipable en favor del sistema previsional se dio en el marco de la creación del régimen de capitalización que generaba transitorio desfinanciamiento al régimen de reparto.

 

Por eso, además de la insalvable debilidad jurídica de que vía un artículo de la ley de presupuesto se prorrogara un pacto que requería la firma de todos los gobernadores, la eliminación en el 2008 del régimen de capitalización le quitó toda legitimidad a esta derivación. A esto se suma que hasta el 2008, se licuaron los haberes previsionales de muchos jubilados porque los aumentos decretados discrecionalmente estuvieron muy por debajo de la inflación.

 

Estas medidas crearon una ficticia abundancia de recursos que fueron despilfarrados. El principal derroche fue la masiva distribución de jubilaciones sin aportes. Tan rudimentaria fue la política que muchas personas de altos ingresos aprovecharon la oportunidad para apropiarse de una jubilación, en muchos casos superpuesta con una pensión.

 

Peor aún, numerosos son los casos de residentes en el exterior que de manera fraudulenta accedieron a un beneficio previsional con las moratorias. A esto se suma el uso de los fondos previsionales para otorgar créditos a tasas que no compensan la inflación, expandir los gastos administrativos y financiar el creciente déficit fiscal.

 

Hay bajeza institucional en el fallo de la Corte y en el decreto de la Presidenta, pero no por ello deja de tener la virtud de explicitar las consecuencias de la impericia y el populismo con los que se administró el sistema previsional.

 

De allí emergen enormes desafíos para el próximo gobierno. Deberá enfrentar temas urgentes, como los juicios de jubilados por el retraso de haberes y de las provincias con sistemas previsionales propios, y, en paralelo, avanzar en reformas que devuelvan equidad y sustentabilidad al sistema.

 

 

Composición de ingresos y gastos del sistema previsional

      

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