Decretan inconstitucional la pesificación

La Cámara del Trabajo decretó hoy la "inconstitucionalidad" de la Ley de Emergencia Económica y la pesificación, al fallar en favor de una empleada de farmacia.

28 octubre, 2002

La Cámara del Trabajo decretó hoy
la “inconstitucionalidad” de la Ley de Emergencia Económica y la
pesificación, al fallar en favor de una empleada de farmacia a la
que le habían incumplido un acuerdo indemnizatorio pactado en
dólares.

La Sala Cuarta de la Cámara consideró “inadmisible la
pretensión de la empresa Antigua Farmacia Florida de saldar en
pesos su deuda por la indemnización que le correspondía a la
trabajadora Ana María Iglesias”, de acuerdo con lo informado en
Tribunales.

En agosto del año pasado, Iglesias y la empresa firmaron un
acuerdo para instrumentar la ruptura laboral que consistía en el
pago de 38.400 Dólares a pagarse en 24 cuotas mensuales.
Esa suma de dinero incluía remuneración de junio de ese año,
diferencias salariales atrasadas y vacaciones.

La damnificada recurrió, entonces, ante la justicia de primera
instancia, pero allí le rechazaron el planteo sobre la base de lo
establecido por la ley de Emergencia Económica y el decreto 214/02
de pesificación, razón por la cual Iglesias recurrió a la cámara
pidiendo la impugnación de esas normas.

Los jueces de esta cámara, Bernardo Lasarte, Diana Guthmann y
Julio César Moroni, aludieron al fallo Smith de la Corte Suprema
de Justicia para expresar que el Estado “no puede afectar
garantías reconocidas en los artículos 14 bis y 17 de la Carta
Magna que protegen el trabajo y la inviolabilidad del derecho de
propiedad”.

La Cámara del Trabajo decretó hoy
la “inconstitucionalidad” de la Ley de Emergencia Económica y la
pesificación, al fallar en favor de una empleada de farmacia a la
que le habían incumplido un acuerdo indemnizatorio pactado en
dólares.

La Sala Cuarta de la Cámara consideró “inadmisible la
pretensión de la empresa Antigua Farmacia Florida de saldar en
pesos su deuda por la indemnización que le correspondía a la
trabajadora Ana María Iglesias”, de acuerdo con lo informado en
Tribunales.

En agosto del año pasado, Iglesias y la empresa firmaron un
acuerdo para instrumentar la ruptura laboral que consistía en el
pago de 38.400 Dólares a pagarse en 24 cuotas mensuales.
Esa suma de dinero incluía remuneración de junio de ese año,
diferencias salariales atrasadas y vacaciones.

La damnificada recurrió, entonces, ante la justicia de primera
instancia, pero allí le rechazaron el planteo sobre la base de lo
establecido por la ley de Emergencia Económica y el decreto 214/02
de pesificación, razón por la cual Iglesias recurrió a la cámara
pidiendo la impugnación de esas normas.

Los jueces de esta cámara, Bernardo Lasarte, Diana Guthmann y
Julio César Moroni, aludieron al fallo Smith de la Corte Suprema
de Justicia para expresar que el Estado “no puede afectar
garantías reconocidas en los artículos 14 bis y 17 de la Carta
Magna que protegen el trabajo y la inviolabilidad del derecho de
propiedad”.

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