lunes, 23 de diciembre de 2024

CIPPEC: agenda de acción para el 25 de octubre

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Las elecciones de 2015 abren una gran oportunidad para que los partidos comprometan una reforma electoral que el nuevo Congreso sancione e implemente en 2017. Ahora sólo son posibles cuidados, según CIPPEC.

Julia Pomares, directora del Programa de Instituciones Políticas de CIPPEC, analiza que en el marco de una elección reñida, ocurrieron en Tucumán graves irregularidades e incidentes que pusieron en duda la legitimidad del proceso electoral.

 

Irregularidades que ocurrieron durante la campaña, durante la jornada electoral y durante el escrutinio.

 

La elección tucumana dejó en evidencia el uso sistemático y naturalizado de los recursos de los estados provinciales y municipales con fines proselitistas. El proceso tucumano, así como varios que tuvieron lugar en 2015, mostraron algunos problemas comunes a las instituciones electorales argentinas, que vulneran dos principios fundamentales del sistema político: representatividad y equidad.

¿Significa que no hay nada que hacer de cara a octubre? No. Hay muchas medidas que pueden tomarse para fortalecer la integridad de la elección presidencial del 25 de octubre. Una agenda de acción para los próximos 60 días debería atacar varios frentes:

 

Extremar las medidas para garantizar y cuidar las boletas durante la jornada electoral.

 

Entre otras cuestiones, es clave que las Juntas Electorales tengan un rol activo en el despliegue de boletas, que se autorice a los frentes a inscribir fiscales generales por escuela, y que aumente la cobertura de los delegados judiciales en los centros de votación, especialmente en la provincia de Buenos Aires.

 

Asegurar un esfuerzo uniforme en todo el territorio por reclutar y capacitar a las autoridades de mesa, especialmente en lo relativo al escrutinio de mesa. Esa tarea se facilitaría si los 24 distritos del país adoptaran un diseño uniforme para los documentos del escrutinio.

 

Difundir información clara y completa sobre la oferta electoral en cada municipio, especialmente en los 11 distritos que eligen cargos nacionales, provinciales y locales.

 

La justicia electoral en cada distrito del país tienen que garantizar algo básico: que conozcamos la totalidad de boletas (no solo los candidatos sino cómo están pegados los distintos tramos de las boletas) antes de ingresar al cuarto oscuro.

 

Garantizar la equidad en la competencia durante la campaña electoral. La ley electoral es laxa pero contiene exigencias sobre cuál es el uso de los recursos del Estado durante la campaña, y pone límites y restricciones a los gastos de campaña. Los fiscales electorales tienen que tener un rol activo y controlar que esa ley se cumpla.

Una agenda de acción para los próximos 60 días podría ser suscripta por las agrupaciones que compiten por la presidencia con la Justicia Electoral y la Dirección Nacional Electoral, para velar por su cumplimiento. ¿Qué debería cambiarse de las reglas electorales?

La agenda de reformas más profunda debe, sin embargo, comenzar después de las elecciones de este año para implementarse en los comicios de 2017. También deberían impulsarse cambios en el orden provincial que compartan algunas líneas directrices, en el marco de un ámbito que reúna a la Nación y las provincias. Para asegurar la representatividad, se requiere que las opciones electorales sean claras para el votante, en una oferta electoral simple y con alianzas entre partidos que sean transparentes para el electorado.

 

Los acoples (colectoras) y la profusión de partidos políticos y listas trasladan al votante las disputas partidarias y deterioran la capacidad del acto electoral para constituir representantes.

 

Un cuarto oscuro plagado de listas le hace muy difícil al votante discernir qué está eligiendo. Si 49 bancas de la Legislatura tucumana son obtenidas por 26 listas, tampoco es factible saber, una vez electos, a quién están representando esos legisladores y a quién exigirle qué. Por ello, un primer aspecto para reformar son las reglas que regulan el ciclo vital de un partido político (cómo surge y cuándo caduca) y las que regulan cómo se pueden concertar las alianzas entre esos partidos.

 

Esta reforma es independiente de cambiar la forma en que se vota. Por más que un papel o una pantalla pudieran acomodar a 1000 candidatos, una oferta electoral así pone en riesgo la representatividad del sistema.

 

Las reformas para asegurar la representatividad del sistema incluyen:

Prohibir expresamente las listas colectoras y dar marcha atrás con las listas de adhesión.

 

Eliminar las alianzas cruzadas entre categorías, introduciendo la obligación de mantener las mismas alianzas en todas las categorías en que cada agrupación participa de la elección.

 

Hacer más estrictas las reglas para conformar un partido y para que se mantenga vivo.

La segunda dimensión del problema de las instituciones electorales tiene que ver con la equidad de la competencia, principal déficit de las reglas electorales argentinas.

 

Una elección es íntegra no solo porque no se alteran los resultados (fraude) sino también porque todos los competidores tienen la misma probabilidad de ganar. Como dijo un exentrenador del Real Madrid, un partido de fútbol es imprevisible porque siempre empieza 0 a 0. CIPPEC demostró la ventaja sistemática y creciente que tienen los oficialismos en las elecciones y propuso una batería de propuestas para mejorar la equidad de la competencia.

 

Entre estas reformas se destacan:

Regular el uso partidista de los recursos del Estado, que dan una ventaja ilegitima a los oficialismos.

 

Reemplazar la boleta partidaria por un sistema de boleta únicapor el cual el Estado le garantice a todos los partidos y a todos los electores el instrumento para expresar su voto.

 

Para garantizar la equidad se requiere una autoridad electoral ecuánime. Las elecciones desdobladas en varias provincias pusieron en evidencia las debilidades de algunas autoridades electorales.

 

En el caso específico de Tucumán, la Junta Electoral se constituyó 24 horas antes de que comenzara la jornada electoral ya que dos de sus miembros fueron apartados por parcialidad y, aun así, la Junta no logró ser integrada con los tres miembros que estipula la ley electoral.

 

Esta Junta Electoral es la que ahora debe lidiar con la compleja situación política y jurídica generada a partir de los incidentes del domingo.

 

Varias provincias adolecen de problemas de capacidades administrativas y de ecuanimidad de su autoridad electoral (en parte consecuencia de los problemas más generales de los poderes judiciales provinciales). También en el orden nacional hay reformas pendientes en este sentido que CIPPEC viene impulsando desde 2011.

A propósito de Tucumán, ¿qué es el fraude electoral?

Cada país define qué es un delito electoral y cuándo se considera que hubo fraude. En Guatemala es un delito buscar la reelección a la Presidencia.

 

En Inglaterra es un grave delito electoral intercambiar el voto por un cerdo, pero no lo es vender cerveza durante la elección como sí lo es para la ley argentina que envía a alguien a la cárcel por hacerlo. En el Código Electoral se establece qué se entiende por delito electoral y cómo se castiga.

 

Las irregularidades graves se llaman delitos. Las menores, faltas electorales. Algunas suceden durante la jornada electoral (como robar boletas o quemar urnas) y otras suceden durante la campaña (como usar recursos estatales con fines electorales).

 

El Código Electoral argentino actual no tipifica el fraude (no menciona esa palabra ni una sola vez). Pero no por ello no sabemos lo que es (la Ley Sáenz Peña sí se refería a “prácticas fraudulentas”). Existe un entendimiento compartido de que el fraude es la acción sistemática e intencional de manipular los resultados electorales y alterar la voluntad popular expresada en las urnas.

 

Para decir que hubo fraude, debe probarse que se cometieron una serie de delitos electorales encaminados a ese fin.

 

Pese a la falta de precisión del Código Electoral, la Justicia Electoral tucumana debe probar que hubo un intento sistemático de alterar los resultados para que pueda ser determinado que hubo fraude. De confirmarse la ausencia de una acción concertada para alterar los resultados, ello no implica desentenderse de que los problemas fueron de gravedad y que demandan cambios. Las instituciones electorales no solo deben evitar el fraude. También deben bregar por no defraudar a los votantes, garantizar los derechos políticos en todo el territorio y ser eficaces para dotar de representación democrática al sistema político.

 

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