Cambio de carátula

El caso de la picada que derivó en la muerte de una mujer y de su hija. El conductor, Sebastián Cabello, podría ser detenido otra vez, ya que la Cámara de Apelaciones recaratuló el expediente: "homicidio simple con dolo eventual".

28 septiembre, 1999

“Homicidio simple con dolo eventual”, sostiene desde ayer la carátula del expediente del proceso a Seabstián Cabello, el joven de 19 años que el 30 de agosto chocó mientras corría una “picada” a 137 kilómetros por hora, y atropelló y mató a una mujer y su hijita. Con esta decisión, la Cámara de Apelaciones envió la causa a un juez de instrucción en lo criminal; después irá a juicio oral, y la pena que podría corresponder abarca de 8 a 25 años de cárcel. La medida significa que la Justicia investigará si a Cabello no le importó matar hace casi un mes. La diferencia que implica la nueva carátula es sustancial: el homicidio culposo -por lo que se investigaba al joven- tiene una pena de 6 meses a 3 años de cárcel. Sin embargo, la Cámara mantuvo la excarcelación dispuesta por el juez anterior, aunque ese criterio podría ser modificado por el nuevo juez. De todas maneras, el presidente de Familiares y Víctimas de Accidente de Tránsito (Favat) -el organismo que solicitó el cambio de carátula- recordó que en casos similares los tribunales orales volvieron a caratular “homicidio culposo”, excarcelable.
(Página/12, Clarín)

“Homicidio simple con dolo eventual”, sostiene desde ayer la carátula del expediente del proceso a Seabstián Cabello, el joven de 19 años que el 30 de agosto chocó mientras corría una “picada” a 137 kilómetros por hora, y atropelló y mató a una mujer y su hijita. Con esta decisión, la Cámara de Apelaciones envió la causa a un juez de instrucción en lo criminal; después irá a juicio oral, y la pena que podría corresponder abarca de 8 a 25 años de cárcel. La medida significa que la Justicia investigará si a Cabello no le importó matar hace casi un mes. La diferencia que implica la nueva carátula es sustancial: el homicidio culposo -por lo que se investigaba al joven- tiene una pena de 6 meses a 3 años de cárcel. Sin embargo, la Cámara mantuvo la excarcelación dispuesta por el juez anterior, aunque ese criterio podría ser modificado por el nuevo juez. De todas maneras, el presidente de Familiares y Víctimas de Accidente de Tránsito (Favat) -el organismo que solicitó el cambio de carátula- recordó que en casos similares los tribunales orales volvieron a caratular “homicidio culposo”, excarcelable.
(Página/12, Clarín)

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