Accidentes de tránsito: penas más duras

Reforma del Código Penal. La Cámara baja sancionó ayer una ley que eleva de tres a cinco años la pena máxima por homicidio culposo. La norma alcanza también los casos de mala praxis.

30 septiembre, 1999

La Cámara de Diputados convirtió ayer en ley, después de dos años de demora, un proyecto que eleva de tres a cinco años de prisión las penas máximas por homicidio culposo en los casos en que se compruebe que hubo negligencia o imprudencia. En forma coincidente con el accionar de los diputados, la Justicia parecía en los últimos días mostrarse más dura ante los conductores que matan: esta semana hubo tres fallos en que se recomendó investigar esos casos como “homicidio simple”, con penas de 8 a 25 años. Uno de esos casos es el de Sebastián Cabello, el joven de 19 años que chocó y provocó la muerte de una mujer y su hija. La norma había sido modificada parcialmente por el Senado y fue ratificada en su texto original, y más duro, por la Cámara baja. En concreto, se reformó el artículo 84 del Código Penal, que define los castigos para el homicidio culposo (matar sin intención de hacerlo por impericia, negligencia o irresponsabilidad). La norma sancionada ayer también alcanza a los casos de mala praxis.
(Página/12, Clarín)

La Cámara de Diputados convirtió ayer en ley, después de dos años de demora, un proyecto que eleva de tres a cinco años de prisión las penas máximas por homicidio culposo en los casos en que se compruebe que hubo negligencia o imprudencia. En forma coincidente con el accionar de los diputados, la Justicia parecía en los últimos días mostrarse más dura ante los conductores que matan: esta semana hubo tres fallos en que se recomendó investigar esos casos como “homicidio simple”, con penas de 8 a 25 años. Uno de esos casos es el de Sebastián Cabello, el joven de 19 años que chocó y provocó la muerte de una mujer y su hija. La norma había sido modificada parcialmente por el Senado y fue ratificada en su texto original, y más duro, por la Cámara baja. En concreto, se reformó el artículo 84 del Código Penal, que define los castigos para el homicidio culposo (matar sin intención de hacerlo por impericia, negligencia o irresponsabilidad). La norma sancionada ayer también alcanza a los casos de mala praxis.
(Página/12, Clarín)

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