Veda para la pesca de merluza
La Argentina y Uruguay acordaron implantarla para la zona común de pesca bilateral. La prohibición tendrá vigencia entre el próximo jueves 12 y el 31 de diciembre.
10 octubre, 2000
(DYN).- La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo de la Argentina y Uruguay estableció hasta fin de año un área de veda de primavera para la especie merluza en la zona común de pesca bilateral.
Esta disposición fue publicada hoy (martes 10) en el Boletín Oficial, a partir de la resolución número 5 de la mencionada comisión, por la que la zona de veda entrará en vigencia el jueves 12 del corriente y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2000.
(DYN).- La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo de la Argentina y Uruguay estableció hasta fin de año un área de veda de primavera para la especie merluza en la zona común de pesca bilateral.
Esta disposición fue publicada hoy (martes 10) en el Boletín Oficial, a partir de la resolución número 5 de la mencionada comisión, por la que la zona de veda entrará en vigencia el jueves 12 del corriente y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2000.