domingo, 24 de noviembre de 2024

Batallas judiciales por marcas y patentes en Internet

spot_img

En materia de comercio electrónico, las ideas se cotizan muy alto. Pero a menudo no es fácil registrarlas para impedir que otros las aprovechen . Códigos y jueces siguen muy aferrados a conceptos rígidos.

Mucho antes de que las punto com fuesen víctimas de corridas bursátiles, aparecían problemas de otra índole. Curiosamente, eran litigios en torno de marcas y patentes jurídicamente similares a los que, hoy, involucran los cybersquatters y sus registros de dominios con mala fe. Sea como fuere, las batallas entre abogados están a la orden del día.

Hacia fines de 1999, un juez neoyorquino inhibió a la librería en línea Barnes & Noble de ofrecer la compra por simple cliqueo. Ocurrió, a la sazón, que Amazon.com había interpuesto demanda como usuaria exclusiva de ese servicio, cuya patente había registrado con el nombre de “1-click”.

En el mundo real, los alcances de esta patente chocarían por su vasto alcance. Pero tanta amplitud es, precisamente, el rasgo más común en materia de software, máxime cuando se trata de e-business. Por supuesto, la jurisprudencia estadounidense “antigua” admitía patentar productos y servicios reales o financieros que demostrasen, en opinión de peritos independientes, ser originales, útiles y no obvios ni redundantes. Esta última condición impedía e impide registrar nada patentado con anterioridad y vale en todos los países donde existan derechos de autor o inventor. En rigor, su interpretación lata influye en arbitrajes que hacen al dominio de nombres en Internet.

Pero, claro, este tipo de litigios entraña problemas de interpretación, que pueden ser decisivos en contextos donde impera el derecho consuetudinario y el juez dispone de mayor albedrío que en sistemas canónicos. Es el caso de los países anglosajones. Por eso, el dictamen contra Barnes&Noble crea jurisprudencia y no sólo en lo atinente a software o e-commerce.

Al respecto, la Patents & Trade Office (PTO) norteamericana, que funciona en el departamento federal de Comercio, actualmente procesa cada año unas 2.500 solicitudes de patentes relativas al “software para métodos comerciales”, contra poco más de 300 a mediados de la década pasada. Según Comercio, la PTO recibe en total más de 33.500 presentaciones anuales para marcas registradas.

En los comienzos de la era informática, por cierto, la PTO retaceaba patentes sobre software, sosteniendo que los programas representan cadenas de instrucciones y lo mismo ocurre cualquier manual de mecánica. Este temperamento fue dado vuelta en un fallo de 1998 (State Street Bank&Trust vs. Signature Financial Group), por el cual los métodos
del comercio electrónico son patentables. Hasta entonces, los jueces estadounidenses ubicaban estos conjuntos de instrucciones al amparo de derechos de autor y no de patentes.

Hay derechos y derechos…

Como se sabe, los derechos de autor se refieren a una idea o un texto en tanto se manifiesten vía soporte físico. En general, los marcos jurídicos canónicos como el argentino o el brasileño -asociados al Código Napoleónico- suelen ser más específicos. En otras palabras, las leyes amparan nuevos productos o procedimientos que impliquen inventiva y sean industrialmente útiles. De ahí que algunos jurisconsultos vean más factible patentar ideas informáticas locales en Estados Unidos.

Puesto negro sobre blanco, en la Argentina el software se protege como obra y, por consiguiente, propiedad intelectual; igual que un libro. No existe copyright sobre las ideas por sí mismas, déficit que siempre se ha notado el universo de los medios. En realidad, ya hay precedentes negativos, entre ellos un fallo que impidió patentar un software para apuestas esgrimiendo fundamentos perfectamente aplicables al comercio electrónico.

Más aún, la legislación local de patentes impide taxativamente registrar programas de computación, porque no los considera inventos. Por el contrario, el software está protegido en la vieja ley 11.723 modificada vía la 25.036, que extiende la propiedad intelectual a los programas informáticos. Pero, como se ha señalado, el problema es que estas normas no hacen a la idea abstracta, sino a su expresión tangible, factor que restringe la protección de los programas de computación a sus soportes.

Ahora bien, la práctica reciente parece apuntar en dirección contraria al canon doctrinario. En efecto, la administración nacional de Patentes ha aceptado registrar métodos o procesos de computación en casos donde el software no sea una automatización de procesos industriales conocidos o la operación dependa claramente del método o el proceso. Pero, en el mejor estilo latino, la ANP afirma no estar patentando software….

Allá tampoco es fácil

Bien vistas, las características proteicas y la innovación permanente, claves del e-business, multiplican los problemas jurídicos. Así, el remate invertido (reverse auction) ha provocado una batalla judicial entre Priceline.com –tiene la patente— y Microsoft, cuyos clientes pueden fijar precios de hoteles usando el sitio turístico Expedia.com.

Los expertos esperan fallo favorable al dueño de la marca, aunque no siempre sea así.
Por ejemplo, un jurado (no ya el juez) dictaminó en 1997 que Adobe Systems-Photoshop
no infringían cinco patentes de software, propiedad de Quantel. El tribunal, pues, rebotó un pedido de indemnización por US$ 138 millones. ¿Por qué? Simple: porque los peritos judiciales se atuvieron a una interpretación “histórica”: Priceline.com no había demostrado que sus patentes eran originales, útiles y no obvias, al menos en lo tocante a los servicios ofrecidos por Microsoft. Para mayor abundancia, esta firma podría a su vez hacer invalidar las patentes de Quantel produciendo –en el mejor estilo Perry Mason- una sola evidencia de “arte anterior” en el caso de las aplicaciones en litigio.

Esa es la cuestión: la ausencia de aplicaciones específicas previas, en un marco tan fluido como el e-commerce, convierte a casi toda novedad aparente en “patentable” sólo porque hay software implicado. No importa si se trata de compra, venta, publicidad, diseño o procesos creativos.

Volviendo a la perspectiva histórica, queda claro que los problemas jurídicos analizados se originan y seguirán originándose en la propia existencia de ámbitos tecnológicos imprevisibles. Entonces, se precisará mucho tiempo para definir quiénes habrán ganado o perdido esta enmarañada guerra, donde lo legal suele confundirse con lo legítimo, como pasa en el mundo político y social.

Gente rápida

Sobran los botones de muestra. Por ejemplo, Imagine.com es un sitio de expertos on line dispuestos a contestar todo tipo de preguntas empleando un motor de búsqueda que liga a esos agentes con quienes necesitan su asesoramiento. Con esta idea, se podría armar instantáneamente una nueva empresa de Internet, y para hacerla más seductora, bastaría con permitir que los usuarios seleccionasen expertos y fijaran honorarios.

No obstante, el negocio ya estaba registrado: en 1999, la PTO había otorgado derechos exclusivos de propiedad intelectual al multimillonario Jay Walker (Walker Digital). La patente de marras -métodos y aparatos para un sistema de redes comerciales asistidas criptográficamente para facilitar actividades comerciales basadas en expertos- contiene más de 200 apartados que definen con la mayor latitud factible la venta de conocimiento por Internet.

Walker, su estilo y sus emprendimientos, en verdad, encarnan toda una escuela: la “fábrica de ideas”. La suya no es justamente convencional: veinte de sus 60 empleados trabajan en la división jurídica, preparando a razón de dos solicitudes de patentes por semana. Una de ellas, relacionada con ventas impulsadas por el comprador en Internet, dio origen a la ya mencionada Priceline.com.

La compañía nunca mostró ganancias. Pese a esto y hasta el achatamiento de los paneles Nasdaq, los inversores llevaron el paquete accionario de Priceline a más de US$ 10.000 millones. En el proceso, Walker hizo una fortuna. En realidad, mientras duró el auge, la capacidad de Priceline.com para atraer capitales probaba que el método Walker Digital funcionaba. Todavía hoy, la firma tiene docenas de patentes en carpeta. Algunas tan curiosas como la que “inventa” pedir hamburguesa desde una Palm Pilot y retirarlas por la ventanilla del servicio Automac..

En un plano paralelo, CyberGold ha registrado la idea de emplear incentivos para lograr que el consumidor preste atención a avisos en Internet. Otra compañía, Open Market, dispone de dos patentes indispensables para el e-commerce. Una le concede derechos sobre un método para asegurar el pago con tarjetas de crédito en la Red.. La otra se basa en el concepto de “changuitos electrónicos” y es un modelo usado ya por muchos sitios que permite al comprador seleccionar los artículos que llevará después.

Abogados virtuales

Como si todo lo anterior fuese poco, Internet Capital Group. e IBM estaban organizando, a mediados de 2000, un sitio comunitario on line para compra y venta de propiedad intelectual. El portal además conectará potenciales compradores de patentes con abogados que pueden asistirlos en sus compras. O sea, gestión, asesoramiento e intermediación informatizada en un contexto de un buffet virtual. Y ya hay un puñado de sites que ofrecen servicios similares.

Al fin de cuenta y por encima de tanta incertidumbre jurídica local e internacional, las patentes vinculadas al e-commerce atraen empresas e inversores. Viceversa, cualquier emprendimiento en este sector exige ideas originales para remontar vuelo y sobrevivir. Como sucede de otras áreas, Internet general constantemente innovaciones cuyos efectos “hacia fuera” son difíciles de prever. Pero algo es seguro: tarde o temprano, los cambios llegan a los reductos más conservadores, aun en materia de leyes y justicia.

Mucho antes de que las punto com fuesen víctimas de corridas bursátiles, aparecían problemas de otra índole. Curiosamente, eran litigios en torno de marcas y patentes jurídicamente similares a los que, hoy, involucran los cybersquatters y sus registros de dominios con mala fe. Sea como fuere, las batallas entre abogados están a la orden del día.

Hacia fines de 1999, un juez neoyorquino inhibió a la librería en línea Barnes & Noble de ofrecer la compra por simple cliqueo. Ocurrió, a la sazón, que Amazon.com había interpuesto demanda como usuaria exclusiva de ese servicio, cuya patente había registrado con el nombre de “1-click”.

En el mundo real, los alcances de esta patente chocarían por su vasto alcance. Pero tanta amplitud es, precisamente, el rasgo más común en materia de software, máxime cuando se trata de e-business. Por supuesto, la jurisprudencia estadounidense “antigua” admitía patentar productos y servicios reales o financieros que demostrasen, en opinión de peritos independientes, ser originales, útiles y no obvios ni redundantes. Esta última condición impedía e impide registrar nada patentado con anterioridad y vale en todos los países donde existan derechos de autor o inventor. En rigor, su interpretación lata influye en arbitrajes que hacen al dominio de nombres en Internet.

Pero, claro, este tipo de litigios entraña problemas de interpretación, que pueden ser decisivos en contextos donde impera el derecho consuetudinario y el juez dispone de mayor albedrío que en sistemas canónicos. Es el caso de los países anglosajones. Por eso, el dictamen contra Barnes&Noble crea jurisprudencia y no sólo en lo atinente a software o e-commerce.

Al respecto, la Patents & Trade Office (PTO) norteamericana, que funciona en el departamento federal de Comercio, actualmente procesa cada año unas 2.500 solicitudes de patentes relativas al “software para métodos comerciales”, contra poco más de 300 a mediados de la década pasada. Según Comercio, la PTO recibe en total más de 33.500 presentaciones anuales para marcas registradas.

En los comienzos de la era informática, por cierto, la PTO retaceaba patentes sobre software, sosteniendo que los programas representan cadenas de instrucciones y lo mismo ocurre cualquier manual de mecánica. Este temperamento fue dado vuelta en un fallo de 1998 (State Street Bank&Trust vs. Signature Financial Group), por el cual los métodos
del comercio electrónico son patentables. Hasta entonces, los jueces estadounidenses ubicaban estos conjuntos de instrucciones al amparo de derechos de autor y no de patentes.

Hay derechos y derechos…

Como se sabe, los derechos de autor se refieren a una idea o un texto en tanto se manifiesten vía soporte físico. En general, los marcos jurídicos canónicos como el argentino o el brasileño -asociados al Código Napoleónico- suelen ser más específicos. En otras palabras, las leyes amparan nuevos productos o procedimientos que impliquen inventiva y sean industrialmente útiles. De ahí que algunos jurisconsultos vean más factible patentar ideas informáticas locales en Estados Unidos.

Puesto negro sobre blanco, en la Argentina el software se protege como obra y, por consiguiente, propiedad intelectual; igual que un libro. No existe copyright sobre las ideas por sí mismas, déficit que siempre se ha notado el universo de los medios. En realidad, ya hay precedentes negativos, entre ellos un fallo que impidió patentar un software para apuestas esgrimiendo fundamentos perfectamente aplicables al comercio electrónico.

Más aún, la legislación local de patentes impide taxativamente registrar programas de computación, porque no los considera inventos. Por el contrario, el software está protegido en la vieja ley 11.723 modificada vía la 25.036, que extiende la propiedad intelectual a los programas informáticos. Pero, como se ha señalado, el problema es que estas normas no hacen a la idea abstracta, sino a su expresión tangible, factor que restringe la protección de los programas de computación a sus soportes.

Ahora bien, la práctica reciente parece apuntar en dirección contraria al canon doctrinario. En efecto, la administración nacional de Patentes ha aceptado registrar métodos o procesos de computación en casos donde el software no sea una automatización de procesos industriales conocidos o la operación dependa claramente del método o el proceso. Pero, en el mejor estilo latino, la ANP afirma no estar patentando software….

Allá tampoco es fácil

Bien vistas, las características proteicas y la innovación permanente, claves del e-business, multiplican los problemas jurídicos. Así, el remate invertido (reverse auction) ha provocado una batalla judicial entre Priceline.com –tiene la patente— y Microsoft, cuyos clientes pueden fijar precios de hoteles usando el sitio turístico Expedia.com.

Los expertos esperan fallo favorable al dueño de la marca, aunque no siempre sea así.
Por ejemplo, un jurado (no ya el juez) dictaminó en 1997 que Adobe Systems-Photoshop
no infringían cinco patentes de software, propiedad de Quantel. El tribunal, pues, rebotó un pedido de indemnización por US$ 138 millones. ¿Por qué? Simple: porque los peritos judiciales se atuvieron a una interpretación “histórica”: Priceline.com no había demostrado que sus patentes eran originales, útiles y no obvias, al menos en lo tocante a los servicios ofrecidos por Microsoft. Para mayor abundancia, esta firma podría a su vez hacer invalidar las patentes de Quantel produciendo –en el mejor estilo Perry Mason- una sola evidencia de “arte anterior” en el caso de las aplicaciones en litigio.

Esa es la cuestión: la ausencia de aplicaciones específicas previas, en un marco tan fluido como el e-commerce, convierte a casi toda novedad aparente en “patentable” sólo porque hay software implicado. No importa si se trata de compra, venta, publicidad, diseño o procesos creativos.

Volviendo a la perspectiva histórica, queda claro que los problemas jurídicos analizados se originan y seguirán originándose en la propia existencia de ámbitos tecnológicos imprevisibles. Entonces, se precisará mucho tiempo para definir quiénes habrán ganado o perdido esta enmarañada guerra, donde lo legal suele confundirse con lo legítimo, como pasa en el mundo político y social.

Gente rápida

Sobran los botones de muestra. Por ejemplo, Imagine.com es un sitio de expertos on line dispuestos a contestar todo tipo de preguntas empleando un motor de búsqueda que liga a esos agentes con quienes necesitan su asesoramiento. Con esta idea, se podría armar instantáneamente una nueva empresa de Internet, y para hacerla más seductora, bastaría con permitir que los usuarios seleccionasen expertos y fijaran honorarios.

No obstante, el negocio ya estaba registrado: en 1999, la PTO había otorgado derechos exclusivos de propiedad intelectual al multimillonario Jay Walker (Walker Digital). La patente de marras -métodos y aparatos para un sistema de redes comerciales asistidas criptográficamente para facilitar actividades comerciales basadas en expertos- contiene más de 200 apartados que definen con la mayor latitud factible la venta de conocimiento por Internet.

Walker, su estilo y sus emprendimientos, en verdad, encarnan toda una escuela: la “fábrica de ideas”. La suya no es justamente convencional: veinte de sus 60 empleados trabajan en la división jurídica, preparando a razón de dos solicitudes de patentes por semana. Una de ellas, relacionada con ventas impulsadas por el comprador en Internet, dio origen a la ya mencionada Priceline.com.

La compañía nunca mostró ganancias. Pese a esto y hasta el achatamiento de los paneles Nasdaq, los inversores llevaron el paquete accionario de Priceline a más de US$ 10.000 millones. En el proceso, Walker hizo una fortuna. En realidad, mientras duró el auge, la capacidad de Priceline.com para atraer capitales probaba que el método Walker Digital funcionaba. Todavía hoy, la firma tiene docenas de patentes en carpeta. Algunas tan curiosas como la que “inventa” pedir hamburguesa desde una Palm Pilot y retirarlas por la ventanilla del servicio Automac..

En un plano paralelo, CyberGold ha registrado la idea de emplear incentivos para lograr que el consumidor preste atención a avisos en Internet. Otra compañía, Open Market, dispone de dos patentes indispensables para el e-commerce. Una le concede derechos sobre un método para asegurar el pago con tarjetas de crédito en la Red.. La otra se basa en el concepto de “changuitos electrónicos” y es un modelo usado ya por muchos sitios que permite al comprador seleccionar los artículos que llevará después.

Abogados virtuales

Como si todo lo anterior fuese poco, Internet Capital Group. e IBM estaban organizando, a mediados de 2000, un sitio comunitario on line para compra y venta de propiedad intelectual. El portal además conectará potenciales compradores de patentes con abogados que pueden asistirlos en sus compras. O sea, gestión, asesoramiento e intermediación informatizada en un contexto de un buffet virtual. Y ya hay un puñado de sites que ofrecen servicios similares.

Al fin de cuenta y por encima de tanta incertidumbre jurídica local e internacional, las patentes vinculadas al e-commerce atraen empresas e inversores. Viceversa, cualquier emprendimiento en este sector exige ideas originales para remontar vuelo y sobrevivir. Como sucede de otras áreas, Internet general constantemente innovaciones cuyos efectos “hacia fuera” son difíciles de prever. Pero algo es seguro: tarde o temprano, los cambios llegan a los reductos más conservadores, aun en materia de leyes y justicia.

Compartir:

spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img

Noticias

CONTENIDO RELACIONADO