La justicia de CABA ratifica la legalidad de Uber

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Las tres sentencias firmes declaran que manejar con la aplicación no es delito, no es contravención y no es una falta.

Ayer, el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 7, a cargo del juez Javier Bujan, falló en tres casos distintos a favor de tres socios conductores de Uber, destacando que en ningún caso manejar con la aplicación de Uber constituye un delito, una contravención o una falta.

El fallo, que se encuentra firme, sostiene que: “Como se ha descrito previamente, la actividad ha sido considerada lícita en términos penales ya por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la misma encuadra en un servicio de transporte que se concreta por intermedio de una plataforma de internet y la cual cuenta con normativa de aplicación supletoria regulada por el Código Civil y Comercial de la Nación, no existiendo norma alguna que restrinja o regule esta actividad privada en miras a la seguridad o al orden público”.

Las sentencias también confirman que quienes manejan con la aplicación Uber no cometen la contravención de “uso lucrativo del espacio público sin autorización”, ya que no hay ninguna autorización prevista para su actividad, y que el servicio brindado por medio de la aplicación Uber no es ni remis ni taxi por lo que no deben habilitarse como tales. Al no requerir habilitación, la ley recientemente sancionada por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires que eleva multas a conductores sin habilitación correspondiente no es, de acuerdo con esta sentencia firme, aplicable a quienes conducen con la aplicación Uber.

Uber llegó a la Argentina en abril de 2016 y hoy más de un millón de personas lo eligen para sus viajes cada mes y miles encuentran en la aplicación una fuente de ingresos.

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