<div>Durante el mes de septiembre entró en vigencia la denominada “Solución Tecnológica”, basada en la Resolución General de AFIP Nº 2977/2010 sobre el Régimen de Carga de Exportación en Planta. A raíz de esta, todas las empresas que cuentan con una zona de carga y descarga deberán instalar equipos de monitoreo que permitan visualizar correctamente el ambiente, las patentes de los transportes, la fecha, la hora y la zona.</div>
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<div>Entre el equipamiento apto para cumplir con esta normativa se encuentran sistemas de Circuito Cerrado de TV compuestos por cámaras fijas, grabadoras digitales y sistemas de administración de video digital, entre otros. Asimismo, se exige grabación de hasta un año de todos los despachos.</div>
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<div>“La instalación de este tipo de equipamiento permite garantizar que no existan puntos ciegos, realizando un efectivo control y verificación tanto del ambiente como del estado del contenedor que realice el traslado de mercaderías”, comenta Leandro Dorfman, gerente de ADT Soluciones para Empresas.</div>
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<div>“Ante esta regulación, es importante tener en cuenta que los agentes aduaneros también deben tener acceso a la información, además de contar con un espacio físico en el lugar donde se encuentren instalados los equipos”, agrega Dorfman.</div>
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<div>Cabe destacar que el exportador será el responsable de mantener operativa la solución en todo momento y con el debido resguardo de la información de video, almacenado por el Sistema de CCTV. “No hay que olvidar que, si bien se cuenta con la garantía del equipamiento y tecnología brindados, cada empresa es responsable tanto del correcto uso de los equipos, como del manejo y disponibilidad de la información y de las imágenes”, sostiene Dorfman.</div>
AFIP establece nuevas reglas para exportadores
Será obligatorio contar con equipos de monitoreo y PC con Internet. La resolución busca eliminar los puntos ciegos para tener un mayor control del área y generar transparencia en las operaciones.