Lo que hay que saber sobre el Censo Económico Nacional

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Los contribuyentes deberán responderlo por medio de una sección de la web del INDEC y será obligatorio para poder realizar diferentes trámites bancarios.

Mediante la Resolución 180/2020, publicada el 19 de enero del 2020 en el Boletín Oficial, el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) implementó el Censo Económico Nacional 2020/21, que se inició el pasado 30 de noviembre y tendrá seis meses de vigencia.

La información recolectada, solo se utilizará con fines estadísticos y la divulgación de sus resultados será anónima y en compilaciones de conjunto, para asegurar su confidencialidad de acuerdo con lo establecido por la Ley 17.622.

Las personas comprendidas en el Censo, de carácter obligatorio, deberán contestar a un cuestionario digital denominado e-CNE, que contiene entre 14 y 17 preguntas según la categoría del encuestado.

El trámite para completar el cuestionario digital se hace a través de una sección específica del sitio del INDEC, cuyo ingreso requiere la validación previa de identidad mediante el CUIT y la clave fiscal de la Plataforma Autenticar.

Una vez respondido, el sistema proporciona el Certificado de Cumplimiento Censal (CCC). En el mismo sitio, por otro lado, es posible encontrar también las instrucciones prácticas necesarias para dar cumplimiento al trámite en cuestión.

Las personas jurídicas tendrán de plazo hasta el 1 de abril del 2021 para su cumplimiento. Mientras que los autónomos tendrán tiempo hasta el 1 de mayo y los monotributistas hasta el 1 de julio.

Con posterioridad, y mediante la Comunicación “B” 12100, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) estableció los requisitos que deberán cumplir los distintos productores de bienes y servicios para poder operar con el sistema financiero en función de las obligaciones establecidas por el Censo.

Al respecto, el BCRA determinó que las entidades financieras deberán exigir el Certificado a los contribuyentes desde que fue respondido, según la fecha mencionada para cada caso, hasta el 28 de febrero de 2022.

El certificado del trámite será exigido para llevar a cabo diferentes operaciones bancarias, como la apertura de cuentas de depósito, otorgamiento de préstamos y sus renovaciones; apertura de créditos documentarios; apertura de cuentas para valores en custodia; otorgamiento de fianzas y préstamos de valores; y el alquiler de cajas de seguridad.

(*) Director de Finanzas Corporativas de SMS Buenos Aires, firma miembro de SMS Latinoamérica.

 

 

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