La Justicia marplatense consideró que la reclasificación catastral que permitió la autorización para construir un shopping de la firma Unicenter en Mar del Plata es violatoria de la ley 12.088, por este motivo la instalación del hipermercado y de un complejo de compras de la empresa quedaron legalmente prohibidos.
La decisión tomada por los tribunales marplatenses, que hicieron lugar a la medida cautelar solicitada por Apyme y Cameco -dos organismos que agrupan a los pequeños y medianos comerciantes de la ciudad-, implica que la ordenanza que permitió la reclasificación catastral del predio antes ocupado por el Club Aldisivi, es nula y por lo tanto la construcción debe detenerse.
La Justicia decretó la prohibición de innovar en relación con la construcción de cualquier establecimiento comercial que supere los 2.500 metros cuadrados.
Los planes de Unicenter eran construir un hipermercado de 16.000 metros cuadrados, y un shopping cuyas dimensiones no trascendieron.
La Justicia marplatense consideró que la reclasificación catastral que permitió la autorización para construir un shopping de la firma Unicenter en Mar del Plata es violatoria de la ley 12.088, por este motivo la instalación del hipermercado y de un complejo de compras de la empresa quedaron legalmente prohibidos.
La decisión tomada por los tribunales marplatenses, que hicieron lugar a la medida cautelar solicitada por Apyme y Cameco -dos organismos que agrupan a los pequeños y medianos comerciantes de la ciudad-, implica que la ordenanza que permitió la reclasificación catastral del predio antes ocupado por el Club Aldisivi, es nula y por lo tanto la construcción debe detenerse.
La Justicia decretó la prohibición de innovar en relación con la construcción de cualquier establecimiento comercial que supere los 2.500 metros cuadrados.
Los planes de Unicenter eran construir un hipermercado de 16.000 metros cuadrados, y un shopping cuyas dimensiones no trascendieron.