Régimen MiPyme: actualizan los parámetros para su categorización
En el día de hoy, como vienen sucediendo todos los años, la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo publicó la Resolución 1/2016, actualizando los parámetros de ventas a efectos de la adhesión y recategorización, con vigencia en el día de la fecha.

Por Claudia Pose (*)
Tal actualización es bien recibida por los contribuyentes, ya que durante abril deberán reempadronarse las sociedades cuyo cierre se produce durante el mes de diciembre, además de poder asimismo adherirse aquellas que, por los parámetros anteriores, lo lograban entrar al régimen de promoción, o lo hacían en una categoría superior.
Así, la actualización permitirá incluir a un mayor número de contribuyentes al Régimen Sepyme, el cual posee beneficios en casi todas las áreas de relevancia, pudiendo mencionar las siguientes:
- a nivel financiero, acceso al crédito con tasa preferencial;
- a nivel seguridad social, una rebaja en las cargas sociales;
- a nivel fiscal, beneficios como ser la opción del IVA diferido, cómputo de mayores porcentuales del impuesto abonado por débitos y créditos como pago a cuenta de Ganancias o de cargas sociales -en este caso, sólo para microempresas-, exención en reembolsos de exportación, mayor cantidad de cuotas en planes de pago, entre otros;
- finalmente, las pymes industriales podrán adherirse al nuevo régimen de promoción RIMI aprobado por la nueva Ley de Modernización Laboral.
Recordemos que el parámetro a cumplimentar de ventas históricas de los últimos tres ejercicios comerciales es condición a cumplimentar por todos los contribuyentes que deseen adherirse. En cambio, el parámetro de activos máximos, que también ha sido actualizado en la presente, es aplicable sólo al rubro inmobiliario, de seguros y financiera. Este último se actualizó en un 40%, vale decir, más que la inflación interanual.
En cuanto a las actualizaciones de ventas, las mismas van del rango del 28% (comercio/industria) al 40% (servicios), este último el rubro más beneficiado. En medio, se encuentra el rubro de la construcción con una actualización del 31% y el sector agropecuario con el 37%.
Tales nuevos parámetros son aplicables a cualquier interposición de trámite que se presente desde el día de hoy, 1° de abril de 2026.
(*) Socia de Impuestos, BDO en Argentina
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