La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) suscribieron un nuevo acuerdo en el marco de la revisión paritaria para la actividad mercantil.
El convenio establece un incremento salarial del 6% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) N° 130/75, tomando como referencia los valores correspondientes a junio de 2025, más los porcentuales no remunerativos vigentes.
El aumento se aplicará en seis tramos mensuales y consecutivos: un 1% a partir de julio de 2025 y un 1% adicional en cada uno de los meses siguientes, hasta diciembre de 2025 inclusive.
Detalles del acuerdo y sumas no remunerativas
Adicionalmente, el convenio contempla el pago de una suma fija no remunerativa de $40.000 mensuales durante el segundo semestre de 2025. Estos pagos se realizarán en los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre.
Las sumas no remunerativas se extinguen con el pago mensual correspondiente, excepto la última de $40.000, que corresponde a diciembre de 2025 y se incorporará a las remuneraciones básicas en su valor nominal a partir de enero de 2026.
El acuerdo tiene vigencia desde el 1° de julio de 2025 hasta el 30 de abril de 2026. Las partes acordaron reunirse en noviembre de 2025 para evaluar posibles modificaciones derivadas de variaciones económicas que pudieran presentarse.
Se aclaró que los incrementos pactados no resultan vinculantes para los acuerdos salariales que se suscriban en la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego. Sin embargo, las sumas resultantes de estos incrementos constituirán el mínimo convencional vigente luego de su homologación.
Implicancias para la actividad mercantil
Este nuevo convenio representa un avance en la negociación salarial para los empleados de comercio, con un esquema escalonado de aumentos complementado por sumas fijas no remunerativas. La modalidad busca acompañar la evolución económica durante el segundo semestre de 2025.
El CCT N° 130/75 regula las condiciones laborales y salariales del sector mercantil, abarcando a empleados de comercio y servicios relacionados. El incremento acordado se calcula sobre las escalas básicas, que constituyen los haberes mínimos establecidos para cada categoría laboral.
Homologación y compromisos futuros
El acuerdo fue homologado por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, lo que implica su reconocimiento formal y la facultad de supervisar su cumplimiento.
La reunión prevista para noviembre de 2025 permitirá evaluar el contexto macroeconómico y la inflación subyacente, entendida como la variación de precios excluyendo bienes y servicios con alta volatilidad, para analizar ajustes complementarios.
Este mecanismo de revisión es habitual en las negociaciones colectivas para asegurar la adecuación de los salarios ante posibles cambios en la economía.
El esquema escalonado de aumentos y la incorporación progresiva de sumas no remunerativas a los básicos buscan mitigar el impacto inflacionario y mejorar la previsibilidad para empleadores y trabajadores.
La vigencia del convenio hasta abril de 2026 también otorga un marco temporal definido para la estabilidad laboral y la planificación salarial en el sector mercantil.












