La CNV exige reportes de sostenibilidad y gobierno corporativo en la Memoria Anual
La nueva Resolución General 1115/2026 modifica el Régimen Informativo Periódico para emisoras bajo oferta pública y desde el 2 de marzo de 2026 incorpora indicadores de desempeño (KPIs) y un esquema de “cumplir o explicar”, con impacto en la transparencia requerida por inversores y el acceso al financiamiento

La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó la Resolución General 1115/2026, una actualización del Régimen Informativo Periódico para las empresas bajo oferta pública que incorpora exigencias vinculadas con sustentabilidad e integridad institucional. La norma redefine qué información deberá presentarse dentro de la Memoria Anual y en anexos específicos, con el objetivo de estandarizar reportes y elevar el nivel de transparencia en el mercado de capitales argentino.
Uno de los ejes centrales es la incorporación obligatoria de una sección relativa a la política ambiental y de sustentabilidad en la Memoria Anual. Allí deberán detallarse acciones y riesgos asociados, junto con indicadores de desempeño (KPIs). La exigencia alcanza a todas las emisoras incorporadas al Régimen de Oferta Pública una vez que la resolución entre en vigencia el 2 de marzo de 2026.
La regulación introduce el principio de “cumplir o explicar”. Bajo esa lógica, si una empresa considera que determinadas métricas no resultan relevantes para su modelo de negocio, deberá presentar una justificación fundada ante los inversores y el ente regulador. El esquema apunta a ordenar la comparabilidad de la información sin imponer un conjunto único de indicadores para todos los sectores.
La resolución también eleva los requerimientos en materia de integridad institucional. En particular, obliga a presentar un reporte del Código de Gobierno Societario en un anexo separado, bajo la modalidad “aplica o explica”. El cambio separa esa información del cuerpo principal de la Memoria Anual y establece un formato de exposición que exige explicitar tanto el cumplimiento como las razones de eventuales desvíos.
El alcance contempla excepciones para emisoras categorizadas como PyME CNV. También quedan exceptuadas las obligaciones negociables de corto plazo (hasta 365 días) y los CEDEARs, entre otros instrumentos. Con esas salvedades, el marco busca concentrar las exigencias en los emisores con obligaciones informativas periódicas más extensas.
Desde la práctica de reporting ESG, Natalia Carpio, especialista en reporting ESG, socia cofundadora de CR Consultora en Sustentabilidad y board member de BS Capital Partners, sostuvo: “La nueva resolución marca un punto de quiebre”. También advirtió: “El mercado financiero requiere indicadores concretos, bajo estándares globales (como GRI o ISSB)”.
Iván Buffone, director de BS Capital Partners y especialista en financiamiento sostenible e inversión de impacto, planteó que el cambio conecta el cumplimiento normativo con la evaluación de riesgo y el financiamiento: “La información ESG que ahora exige la CNV es exactamente la materia prima que miran los inversores institucionales”.
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