Las energías renovables pierden el impulso ganado en la última década por el fin de la ley que les dio un marco de desarrollo
En diciembre venció la Ley 27.191 que había permitido expandir al sector poniendo al país en la vanguardia de las energías alternativas. Los nuevos proyectos de inversión se ven afectados, al tiempo que se espera que otra normativa permita recuperar la iniciativa de esta industria. El sector vuelve a tener vigencia a partir de la crisis energética-petrolera producida como consecuencia de los conflictos armados en Oriente Medio. Por Damian Dotto, director líder en Energías Renovables de KPMG Argentina).

Es sabido que estos son tiempos de incertidumbre y gran volatilidad en todo el mundo y que obligan a reprogramar planes y estrategias. Cuando en diciembre pasado perdió vigencia la Ley 27.191 de Fomento de las Energías Renovables, lejos se estaba de pensar en una guerra en Oriente Medio y que, como consecuencia de ello, el precio del crudo se duplicara. Entonces, las miradas vuelven poner foco en las energías renovables como fuente alternativa.
Cuando en 2015 se sancionó la ley para impulsar al sector, sin dudas que marcó un antes y un después para el desarrollo de la generación eléctrica de fuentes renovables en la Argentina. Su vigencia, que finalizó el 31 de diciembre de 2025, marca un punto de inflexión: con su vencimiento los nuevos proyectos dejarán de estar apoyados por los incentivos fiscales, financieros y regulatorios que establecía la Ley y que resultaron claves para atraer inversiones: de acuerdo al informe “RenovAr programme Case Study” de diciembre pasado publicado por RELP (organización sin fines de lucro cuyo objetivo es impulsar el despliegue de energías renovables) en el período 2015-2025 fueron 11.500 millones de dólares en inversión directa acumulada a través de 193 proyectos operativos y 44 en construcción). La norma, además, estableció objetivos ambiciosos, como alcanzar un 20% de participación de energías renovables en el consumo eléctrico nacional al 31 de diciembre de 2025, alcanzándose a un 18.9% según datos de CAMMESA), así como creó un marco de previsibilidad y seguridad jurídica que permitió el ingreso de capitales, el desarrollo de proyectos eólicos y solares a gran escala y la consolidación de una cadena de valor local. Sin embargo, el cierre de su período de vigencia implica hoy un cambio sustancial en las reglas de juego.
Uno de los principales atractivos de la Ley fue su régimen de beneficios fiscales, diseñado para
mejorar la rentabilidad de proyectos intensivos en capital y de flujos de largo plazo. Entre los
incentivos más relevantes se encontraban:
- La amortización acelerada en el impuesto a las ganancias, que permitía recuperar la
inversión en plazos significativamente menores a los del régimen general; - La devolución anticipada del impuesto al valor agregado asociado en la adquisición de
bienes de capital y obras de infraestructura; - La exención del impuesto a la ganancia mínima presunta (mientras el mismo estuvo
vigente); - Exenciones o reducciones en derechos de importación para equipamiento no producidolocalmente, y entre otros.
- Certificados fiscales transferibles, aplicables al pago de impuestos nacionales
Otros de los aspectos fundamentales de la Ley fue la creación del Fondo para el Desarrollo de
Energías Renovables (FODER), siendo este fondo concebido como un fideicomiso público
destinado a:
- Otorgar préstamos y aportes de capital a proyectos de energía renovable.
- Brindar avales, garantías y otros instrumentos financieros para respaldar contratos de
abastecimiento de energía eléctrica. - Reducir el riesgo crediticio y facilitar el acceso al financiamiento, especialmente
internacional.
Este fondo cumplió un rol estratégico al respaldar los contratos de abastecimiento de energía eléctrica renovable (PPA) celebrados en el marco del Programa RenovAr, funcionando como garantía de pago y aumentando la confianza de inversores e instituciones financieras, en la práctica, el FODER fue un mecanismo que colaboro para transformar los incentivos fiscales en proyectos concretos en operación. Con el vencimiento de la Ley, estos beneficios dejaron de estar disponibles para nuevos proyectos, afectando directamente los flujos financieros y el atractivo económico de futuras inversiones renovables. Y fue la previsibilidad normativa, estableció reglas claras y beneficios con horizonte temporal definido, brindó certidumbre a desarrolladores, inversores y financiadores, un factor crítico en proyectos con inversión intensiva de capital con horizontes de alrededor de 20 años.
Durante su vigencia permitió:
- Diversificar la matriz energética
- Reducir emisiones de gases de efecto invernadero
- Ampliar la potencia instalada renovable en aproximadamente 7.200 MW
- Crear el Mercado a Término de Energías Renovables (MATER).
- Posicionar a la Argentina como un jugador relevante en energía eólica y solar en la región.
Como muestras del éxito de la Ley, solo basta con mencionar que en 2015 el total de energía
generada de fuentes renovables apenas aportaron al sistema 2.510 GWh (un 1,9% de la demanda
MEM), mientras que al cierre el año 2025 el total de energía de fuentes renovables aportadas al
sistema fue de 26.259 GWh (un 18,9% de la demanda MEM). De este volumen de energía del año
pasado, 50% lo aportaron proyectos relacionados con las rondas Renovar, mientras que un 40%
corresponde a proyectos de MATER.
Y cuando abrimos el dato de generación por tecnología la energía generada, podemos ver que en
2015 el 64% era aportado por proyectos de hidro (<= 50Mw), mientras que la participación de
eólica y solar, apenas alcanzaba al 23.6% y 0,5% respectivamente. Ahora cuando analizamos esta
misma información en 2025, el 70% de la energía generada proviene de proyectos eólicos y un
19,1% de proyectos solares; en detrimento de los proyectos hidro que solo terminan aportando un
5,1% y no crecen en su capacidad instalada desde el 2015.
En cuanto a las ratios de crecimiento de las distintas tecnologías desde el nacimiento de la Ley, la
biomasa se multiplico por 4, eólica por 30, solar por 347 y biogas por 5. Es decir, en conjunto la
generación de fuentes renovables se multiplico por 10 en 10 años. El fin de la ley genera la
desaparición de este marco excepcional que sostuvo el crecimiento inicial en las energías
renovables:
- No se han fijado nuevas metas post-2025 respecto a la participación de renovables en la
matriz energética. - El FODER pierde centralidad como mecanismo de garantía.
- El RenovAr se agotó como política de incorporación masiva.
- El MATER, que desde 2022 acumula un crecimiento del 158% va diluyendo su aporte
adicional, limitado por falta de infraestructura de transporte y riesgo crediticio asociado a
este tipo de proyectos de largo plazo.
Esto plantea grandes desafíos para el desarrollo de la industria de energías renovables y la
transición energética en el país. En caso de que el estado quiera dar un nuevo impulso tendrá que
trabajar en desarrollar un esquema de incentivos, un nuevo marco que garantice la seguridad
tributaria y jurídica de las inversiones y en la ampliación de la infraestructura de transporte.
Con relación a las alternativas que hoy se encuentran vigentes se podría mencionar al Régimen de
Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), el cual establece estabilidad fiscal y cambiaria, libre
disponibilidad de divisas, amortización acelerada y certidumbre jurídica de largo plazo. Y de hecho,
YPF Luz cuenta con un proyecto aprobado bajo este mecanismo en la provincia de Mendoza
tratándose de un parque solar que generará 305 MW con una inversión de U$S 211 millones; sin
embargo, una buena parte de los proyectos renovables quedan fuera de dicho régimen por escala
o diseño.
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