Speroni dictó la “falta de mérito” para Cavallo

El juez en lo Penal Económico decretó "la falta de mérito" del ex ministro de Economía luego de que la Cámara del fuero revocara el viernes último el procesamiento del ex funcionario en el marco de la causa del contrabando de armas al exterior.

11 junio, 2002

El juez dispuso la “falta de mérito” del ex ministro “sin
perjuicio de proseguir con la investigación”, como “consecuencia
de los argumentos” vertidos por la Sala B de la Cámara en lo Penal
Económico, que no encontró elementos de prueba suficientes para
acreditar la participación de Cavallo en el ilícito.

En una resolución de una carilla, dada a conocer en
los Tribunales de Retiro, Speroni recordó los argumentos
principales de los camaristas, quienes indicaron que la “única
interveción objetiva atribuida a Cavallo” es “la firma de los
decretos” 1697/91, 2283/91 y 103/95, mediante los cuales se falseó
el destino de las armas.

“De las pruebas reunidas hasta el momento en la causa no surge
que Cavallo al momento de firmar los decetos hubiese conocido la
discordancia entre los que se asentaba mediante aquellas
autorizaciones y lo que relamente se pretendia llevar a cabo”,
sostuvieron los camaristas.

Además, deslizaron que la responsabilidad principal en la
maniobra fue del Ministerio de Defensa que encabezaba Antonio
Erman González y sostuvieron que la participación de Cavallo “no
tendría una importancia o una trascendencia equiparables a las que
tenía la intervención de otros firmantes de aquellos decretos”.

“Esto es así en atención a la naturaleza de las operaciones en
cuestión, y al hecho de que el Ejército Argentino y la Dirección
General de Fabricaciones Militares tenían una relación mucho mayor
con el Ministerio de Defensa que la que pudierse haber tenido con
el de Economía”, sostuvieron los camaristas.

Al revocar el procesamiento y disponer la libertad de Cavallo
los camaristas Marcos Gravibker, Horacio Hornos y Carlos Pizatelli
no resolvieron la situación procesal del ex ministro sino que
instaron al juez Speroni a que fuera él, de acuerdo con la
resolución de la Cámara, el que ajustara el nuevo fallo.

Así, el magistrado retrotrajo la situación de Cavallo a
mediados del año pasado, cuando contaba con una “falta de mérito”
en el expediente.

Esa situación había sido revertida en abril de este año,
cuando, tras ampliarle la declaración indagatoria, el juez lo
había dejado detenido.

Teniendo en cuenta los fundamentos de sus superiores, Speroni
destacó que “corresponde decretar nuevamente la falta de mérito”
de Cavallo, “todo ello en congruencia y como consecuencia de los
argumentos” expuestos y las expresas consideraciones vertidas por
la Sala B del fuero”.

Sin embargo, el magistrado recordó que “de acuerdo con el
considerando número 42” de la resolución de la Cámara, la
investigación proseguirá su curso y Cavallo continuará vinculado a
la misma, situación que no se hubiera producido si Speroni le
hubiera decretado un sobreseimiento.

Fuente: Noticias Argentinas

El juez dispuso la “falta de mérito” del ex ministro “sin
perjuicio de proseguir con la investigación”, como “consecuencia
de los argumentos” vertidos por la Sala B de la Cámara en lo Penal
Económico, que no encontró elementos de prueba suficientes para
acreditar la participación de Cavallo en el ilícito.

En una resolución de una carilla, dada a conocer en
los Tribunales de Retiro, Speroni recordó los argumentos
principales de los camaristas, quienes indicaron que la “única
interveción objetiva atribuida a Cavallo” es “la firma de los
decretos” 1697/91, 2283/91 y 103/95, mediante los cuales se falseó
el destino de las armas.

“De las pruebas reunidas hasta el momento en la causa no surge
que Cavallo al momento de firmar los decetos hubiese conocido la
discordancia entre los que se asentaba mediante aquellas
autorizaciones y lo que relamente se pretendia llevar a cabo”,
sostuvieron los camaristas.

Además, deslizaron que la responsabilidad principal en la
maniobra fue del Ministerio de Defensa que encabezaba Antonio
Erman González y sostuvieron que la participación de Cavallo “no
tendría una importancia o una trascendencia equiparables a las que
tenía la intervención de otros firmantes de aquellos decretos”.

“Esto es así en atención a la naturaleza de las operaciones en
cuestión, y al hecho de que el Ejército Argentino y la Dirección
General de Fabricaciones Militares tenían una relación mucho mayor
con el Ministerio de Defensa que la que pudierse haber tenido con
el de Economía”, sostuvieron los camaristas.

Al revocar el procesamiento y disponer la libertad de Cavallo
los camaristas Marcos Gravibker, Horacio Hornos y Carlos Pizatelli
no resolvieron la situación procesal del ex ministro sino que
instaron al juez Speroni a que fuera él, de acuerdo con la
resolución de la Cámara, el que ajustara el nuevo fallo.

Así, el magistrado retrotrajo la situación de Cavallo a
mediados del año pasado, cuando contaba con una “falta de mérito”
en el expediente.

Esa situación había sido revertida en abril de este año,
cuando, tras ampliarle la declaración indagatoria, el juez lo
había dejado detenido.

Teniendo en cuenta los fundamentos de sus superiores, Speroni
destacó que “corresponde decretar nuevamente la falta de mérito”
de Cavallo, “todo ello en congruencia y como consecuencia de los
argumentos” expuestos y las expresas consideraciones vertidas por
la Sala B del fuero”.

Sin embargo, el magistrado recordó que “de acuerdo con el
considerando número 42” de la resolución de la Cámara, la
investigación proseguirá su curso y Cavallo continuará vinculado a
la misma, situación que no se hubiera producido si Speroni le
hubiera decretado un sobreseimiento.

Fuente: Noticias Argentinas

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