Se frenaron las ventas inmobiliarias

Según la Cámara que nuclea al sector, la ley antievasión frenó las ventas.Mucha gente prefirió esperar hasta que queden claros los alcances de la norma.

16 febrero, 2001

La sanción de la ley de prevención de la evasión fiscal, que limita las transacciones de dinero en efectivo por valores superiores a los 10.000 pesos/dólares, hizo que se frenara la incipiente reactivación que empezó a mostrar el mercado inmobiliario a comienzos de año.

Ocurre que mediante el decreto 22/2001 se decidió exceptuar de la aplicación de la ley a las escrituras (siempre que se firmen ante escribano público), pero no se liberó de esa obligación al boleto de compraventa de propiedades.

Es decir que esa promesa de venta por escrito ahora sólo se puede pagar por medio de cheques cancelatorios (creados expresamente para cerrar operaciones de más de 10.000 pesos/dólares), cheques, depósitos en cuentas bancarias, giros o transferencias y tarjetas de crédito.

El desconcierto generado por la decisión de excluir de la ley antievasión sólo una parte de la operatoria con inmuebles fue tan grande que muchas inmobiliarias, ante la duda, aconsejaban a los interesados dejar una seña en efectivo por 10.000 pesos/dólares (el tope que permite la ley antievasión) o menos, y hacer la escritura directamente, opción que siempre está disponible para las partes.

Otros prefirieron no hacer ninguna transacción hasta tanto no quedaran claros los alcances de la nueva normativa.

La Cámara Inmobiliaria Argentina emitirá un comunicado informando a sus socios sobre la legislación vigente.

La sanción de la ley de prevención de la evasión fiscal, que limita las transacciones de dinero en efectivo por valores superiores a los 10.000 pesos/dólares, hizo que se frenara la incipiente reactivación que empezó a mostrar el mercado inmobiliario a comienzos de año.

Ocurre que mediante el decreto 22/2001 se decidió exceptuar de la aplicación de la ley a las escrituras (siempre que se firmen ante escribano público), pero no se liberó de esa obligación al boleto de compraventa de propiedades.

Es decir que esa promesa de venta por escrito ahora sólo se puede pagar por medio de cheques cancelatorios (creados expresamente para cerrar operaciones de más de 10.000 pesos/dólares), cheques, depósitos en cuentas bancarias, giros o transferencias y tarjetas de crédito.

El desconcierto generado por la decisión de excluir de la ley antievasión sólo una parte de la operatoria con inmuebles fue tan grande que muchas inmobiliarias, ante la duda, aconsejaban a los interesados dejar una seña en efectivo por 10.000 pesos/dólares (el tope que permite la ley antievasión) o menos, y hacer la escritura directamente, opción que siempre está disponible para las partes.

Otros prefirieron no hacer ninguna transacción hasta tanto no quedaran claros los alcances de la nueva normativa.

La Cámara Inmobiliaria Argentina emitirá un comunicado informando a sus socios sobre la legislación vigente.

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