Rige el impuesto a las cuentas corrientes

El gravamen entró hoy (martes 3) en vigencia y se aplicará sobre todos los créditos y débitos pero no afectará a sueldos, jubilaciones ni pensiones. Tampoco involucra a las cajas de ahorro y plazos fijos.

3 abril, 2001

Hoy se puso en funcionamiento el impuesto que grava en 0,25% a los débitos y créditos en las cuentas corrientes, una medida que el Gobierno tomó con el objetivo de alcanzar obtener fondos necesarios para cumplir con las meta fiscales de este año.

Las mismas, establecen que el país no podrá tener un déficit mayor a $ 6500 millones, tal cual lo pactado con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Sin embargo, el impuesto que rige hoy no alcanza al pago de salarios ni de jubilaciones, así como tampoco afecta las transferencias entre cuentas del mismo titular.

Asimismo, no se incluyeron en esta medida los débitos automáticos de impuestos, tasas, facturas de servicios públicos, tarjetas de crédito, cuotas de servicios médicos o asistenciales y de entidades educativas, asociaciones, fundaciones, servicios de entretenimiento (televisión e Internet), planes de ahorro previo y seguros.

Además, el impuesto tendrá una aplicación diferencial de 0,075% sobre los sectores de corredores, comisionistas de granos y consignatarios de ganado; entidades que operen sistemas de cuentas electrónicas por Internet o sistemas con tarjetas de crédito y/o compra; los débitos y créditos en cuentas corrientes abiertas a nombre de entidades comprendidas en la ley de entidades financieras, agentes de bolsa o mercados de valores, corredores, casas de cambio y agencias de cambio autorizadas por el Banco Central.

Hoy se puso en funcionamiento el impuesto que grava en 0,25% a los débitos y créditos en las cuentas corrientes, una medida que el Gobierno tomó con el objetivo de alcanzar obtener fondos necesarios para cumplir con las meta fiscales de este año.

Las mismas, establecen que el país no podrá tener un déficit mayor a $ 6500 millones, tal cual lo pactado con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Sin embargo, el impuesto que rige hoy no alcanza al pago de salarios ni de jubilaciones, así como tampoco afecta las transferencias entre cuentas del mismo titular.

Asimismo, no se incluyeron en esta medida los débitos automáticos de impuestos, tasas, facturas de servicios públicos, tarjetas de crédito, cuotas de servicios médicos o asistenciales y de entidades educativas, asociaciones, fundaciones, servicios de entretenimiento (televisión e Internet), planes de ahorro previo y seguros.

Además, el impuesto tendrá una aplicación diferencial de 0,075% sobre los sectores de corredores, comisionistas de granos y consignatarios de ganado; entidades que operen sistemas de cuentas electrónicas por Internet o sistemas con tarjetas de crédito y/o compra; los débitos y créditos en cuentas corrientes abiertas a nombre de entidades comprendidas en la ley de entidades financieras, agentes de bolsa o mercados de valores, corredores, casas de cambio y agencias de cambio autorizadas por el Banco Central.

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