<p>Si bien siempre es fácil explicar un evento retrospectivamente, existían elementos que hacían pensar que esta decisión era probable (aunque no necesariamente en octubre de 2008 como sucedió):</p>
<p>(1) Mantenimiento de la informalidad laboral a pesar de la introducción de las AFJP en 1994. Con la introducción de las AFJP se pensaba (fuente: Proyecciones del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones 1995-2050) alcanzar para 2008 50% de aportantes sobre la PEA, lo cual difiere considerablemente con la realidad (38%) sobreestimando de esta forma la cantidad de aportantes en 2,3 millones. Las causas son un desempleo mayor al estimado junto con una mayor informalidad y/o aportes a otros sistemas, siendo la informalidad la más significativa.</p>
<p><br />
(2) Cantidad de beneficiarios al SIJP. El estudio de la Superintendencia de AFJP presentaba una estimación de 3,1 millones de beneficiarios del SIJP para 2008; la realidad marca que este guarismo actualmente asciende a 5,1 millones de personas (el estudio esperaba alcanzar este nivel recién en 2040). Esta diferencia surge por el Plan de Inclusión Previsional, que tuvo como objetivo poner fin la tendencia decreciente en la tasa de cobertura del sistema jubilatorio que alcanzó un mínimo histórico en 2004 (63,5%).</p>
<p><br />
La ley 25.994 aprobada en enero de 2005, con vigencia hasta abril de 2007, efectivizó la inclusión previsional a aquellos que no cumplían con todos los requisitos previamente exigidos mediante dos mecanismos: <br />
– Prestación anticipada por desempleo (PAD). Permitió el acceso a los individuos desempleados que cumplieran con los 30 años de aportes formales, aunque por su edad (55 años las mujeres y 60 años los hombres) pudieran encontrar dificultades para conseguir un nuevo empleo.<br />
– Moratoria previsional. Permitió a las personas que cumplían el requisito de edad jubilatoria durante 2004, pero que no alcanzaban los años de aportes requeridos, acceder al beneficio previsional.</p>
<p>En ambos casos se exigía la inscripción a los beneficiarios en un plan de regularización de deudas, mediante el cual los adherentes deben abonar el pasivo resultante en un cronograma de hasta 60 cuotas mensuales. <br />
Sumado a esto, el decreto 1.454 de noviembre de 2005 modificó el Régimen de Regularización de Deudas para trabajadores autónomos, posibilitando la incorporación a los beneficios previsionales en el caso de que regularicen su deuda.<br />
Por estos cambios en la legislación se incorporaron al sistema previsional público aproximadamente 1,5 millones de personas, que cuentan con cerca de 50% de los aportes totales requeridos por la ley para jubilarse. De esta forma, la tasa de cobertura supera actualmente 85%. <br />
El primero de los dos puntos analizados implicó una menor cantidad de ingresos al sistema que los esperados en 1993. La informalidad laboral es un problema que no ha sido tratado seriamente durante los últimos 25 años, tal y como se desprende del cuadro adjunto.</p>
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<!–
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–>
</style>
<table width="500" cellspacing="1" cellpadding="0" border="0">
<tbody>
<tr bgcolor="#000eee">
<td colspan="6"><strong><span class="""style13""">Informalidad laboral <br />
% del total de los asalariados </span></strong></td>
</tr>
<tr>
<td>
<div align="""center""" class="""style23"""><em><strong>1980</strong></em></div>
</td>
<td>
<div align="""center""" class="""style23"""><em><strong>1985</strong></em></div>
</td>
<td>
<div align="""center""" class="""style23"""><em><strong>1990</strong></em></div>
</td>
<td>
<div align="""center""" class="""style23"""><em><strong>1995</strong></em></div>
</td>
<td>
<div align="""center""" class="""style23"""><em><strong>2000</strong></em></div>
</td>
<td>
<div align="""center""" class="""style23"""><em><strong>2008</strong></em></div>
</td>
</tr>
<tr style="">
<td>
<div align="""center""">20%</div>
</td>
<td>
<div align="""center""">23%</div>
</td>
<td>
<div align="""center""">29%</div>
</td>
<td>
<div align="""center""">34%</div>
</td>
<td>
<div align="""center""">39%</div>
</td>
<td>
<div align="""center""">40%</div>
</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p>Fuente: Prefinex AM en base a EPH y estimaciones propias </p>
<p>La interacción de ambos elementos profundizó de manera notable el descalce intertemporal de la ANSES, dejándola en una situación delicada y con ella a toda el SIJP. En estas condiciones el SIJP no podía sostenerse y en este contexto se explica la Ley 26.222.<br />
(3) Ley 26.222 de libre opción jubilatoria. Permitió a los afiliados a las AFJP retornar al sistema estatal. Sólo 15% optó por utilizar esta opción.<br />
(4) Ley de Movilidad Jubilatoria. Introdujo un mecanismo de ajuste de los haberes vinculado a la evolución de las remuneraciones de los trabajadores formales.<br />
</p>
Reforma previsional, ¿Crónica de una muerte anunciada?
El anuncio de la estatización de las AFJP fue una decisión que sorprendió a los agentes económicos y se reflejó en los mercados financieros. Pero ¿era esa medida realmente inesperada dada la dinámica de las decisiones del gobierno en esta área?