Permiten conversión de pesos a dólares

El Banco Central informó oficialmente hoy que se encuentra autorizada "por el día de la fecha" la conversión de pesos a dólares al tipo de cambio de convertibilidad.

2 enero, 2002

Esta disposición de la autoridad monetaria, difundida a través
del comunicado 5.900, establece que la medida tendrá por objetivo
cubrir saldos deudores en cuentas de clientes por efecto de las
compensaciones interbancarias de cheques emitidos en dólares y
débitos directos cursados en igual moneda, a ser compensados en la
fecha.

También y sólo por hoy, ya que rige el feriado cambiario, se
podrá realizar pago de saldos de tarjetas de débito y deudas
contraídas con entidades financieras en concepto de capital e
intereses de préstamos personales, hipotecarios para vivienda y
prendarios para la adquisición de automóviles de uso particular
siempre que el deudor sea una persona física, vencidos o a vencer
en la fecha.

También se podrán pagar saldos en descubierto en dólares
originados por la actividad desarrollada en cuentas corrientes en
pesos, cancelación de operaciones de pase y caución bursátil
concertadas en el Mercado de Valores de Buenos Aires.

Las entidades financieras podrán cubrir hasta las 20:00 de hoy,
la totalidad de las transferencias realizadas a sus clientes por
los conceptos mencionados, mediante una transferencia equivalente
de su cuenta corriente en pesos a su cuenta corriente en dólares
radicadas en el BCRA.

Asimismo el Banco Central detalló que las entidades financieras
podrán realizar importaciones de billetes dólares, siempre que
afecten para ello sus disponibilidades en el exterior.

Fuente: Noticias Argentinas

Esta disposición de la autoridad monetaria, difundida a través
del comunicado 5.900, establece que la medida tendrá por objetivo
cubrir saldos deudores en cuentas de clientes por efecto de las
compensaciones interbancarias de cheques emitidos en dólares y
débitos directos cursados en igual moneda, a ser compensados en la
fecha.

También y sólo por hoy, ya que rige el feriado cambiario, se
podrá realizar pago de saldos de tarjetas de débito y deudas
contraídas con entidades financieras en concepto de capital e
intereses de préstamos personales, hipotecarios para vivienda y
prendarios para la adquisición de automóviles de uso particular
siempre que el deudor sea una persona física, vencidos o a vencer
en la fecha.

También se podrán pagar saldos en descubierto en dólares
originados por la actividad desarrollada en cuentas corrientes en
pesos, cancelación de operaciones de pase y caución bursátil
concertadas en el Mercado de Valores de Buenos Aires.

Las entidades financieras podrán cubrir hasta las 20:00 de hoy,
la totalidad de las transferencias realizadas a sus clientes por
los conceptos mencionados, mediante una transferencia equivalente
de su cuenta corriente en pesos a su cuenta corriente en dólares
radicadas en el BCRA.

Asimismo el Banco Central detalló que las entidades financieras
podrán realizar importaciones de billetes dólares, siempre que
afecten para ello sus disponibilidades en el exterior.

Fuente: Noticias Argentinas

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