Ordenan suspender la renegociación de las tarifas de los servicios públicos

La jueza Clara Do Pico ordenó al Ministerio de Economía "suspender" el proceso de renegociación de tarifas en los servicios públicos hasta tanto se facilite el acceso a las reuniones a representantes de los usuarios.

17 mayo, 2002

La jueza en lo Contencioso
Administrativo Clara Do Pico ordenó al Ministerio de Economía
“suspender” el proceso de renegociación de tarifas en los
servicios públicos hasta tanto se facilite el acceso a reuniones
técnicas a representantes de los usuarios.
La magistrada hizo lugar a una medida “cautelar autónoma”
promovida pl abogado Ariel Caplan, que representa a los
usuarios ante la Comisión de Renegociación de los Contratos de
Obras y Servicios Públicos de Economía.
En su resolución, dada a conocer esta mañana en los Tribunales
porteños, la jueza Do Pico recordó que el artículo 9 “de la Ley
25.561 autorizó al Poder Ejecutivo a renegociar contratos” y
dispuso que “debería tomarse en consideración el interés de los
usuarios y la accesibilidad de los servicios”.
La jueza destacó que Caplan fue designado por Economía para
representar a usuarios y consumidores, por eso “no puede negársele
ningún tipo de documentación presentada en la Comisión,
pretextando algún carácter condidencial”.
Tampoco se le puede “impedir su acceso a reuniones de equipos
técnicos sin burlar la intención de la norma legal que
expresamente lo incluye en la Comisión Renegociadora de los
contratos”, según se indicó en la resolución.
“La actitud reticente no sólo comprometería lo resuelto por el
decreto 293/02 –que creó la Comisión– sino que “afectaría el
derecho a la información reconocido en el artículo 42 de la
Cosntitución Nacional”.
De esta manera quedará suspendida cualquier tratativa sobre
posibles aumentos de servicios hasta que se cumpla con lo ordenado
por la magistrada respecto de brindar toda la información que los
usuarios requieran sobre el tema.

La jueza en lo Contencioso
Administrativo Clara Do Pico ordenó al Ministerio de Economía
“suspender” el proceso de renegociación de tarifas en los
servicios públicos hasta tanto se facilite el acceso a reuniones
técnicas a representantes de los usuarios.
La magistrada hizo lugar a una medida “cautelar autónoma”
promovida pl abogado Ariel Caplan, que representa a los
usuarios ante la Comisión de Renegociación de los Contratos de
Obras y Servicios Públicos de Economía.
En su resolución, dada a conocer esta mañana en los Tribunales
porteños, la jueza Do Pico recordó que el artículo 9 “de la Ley
25.561 autorizó al Poder Ejecutivo a renegociar contratos” y
dispuso que “debería tomarse en consideración el interés de los
usuarios y la accesibilidad de los servicios”.
La jueza destacó que Caplan fue designado por Economía para
representar a usuarios y consumidores, por eso “no puede negársele
ningún tipo de documentación presentada en la Comisión,
pretextando algún carácter condidencial”.
Tampoco se le puede “impedir su acceso a reuniones de equipos
técnicos sin burlar la intención de la norma legal que
expresamente lo incluye en la Comisión Renegociadora de los
contratos”, según se indicó en la resolución.
“La actitud reticente no sólo comprometería lo resuelto por el
decreto 293/02 –que creó la Comisión– sino que “afectaría el
derecho a la información reconocido en el artículo 42 de la
Cosntitución Nacional”.
De esta manera quedará suspendida cualquier tratativa sobre
posibles aumentos de servicios hasta que se cumpla con lo ordenado
por la magistrada respecto de brindar toda la información que los
usuarios requieran sobre el tema.

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