La Justicia frenó el aumento de tarifas en todo el país

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Hizo lugar a una presentación del defensor del Pueblo de la
Nación, Eduardo Mondino, y le ordenó al Poder Ejecutivo y a las
prestadoras de los servicios de gas y luz que “suspendan” la aplicación del ajuste.

La jueza en lo Contencioso Administrativo María Carrión de
Lorenzo dio curso a esta presentación y se convirtió en la segunda
magistrada que decide frenar el “tarifazo” dispuesto a partir de
un decreto del presidente Eduardo Duhalde.

Con anterioridad, la jueza Claudia Rodríguez Vidal había
suspendido el aumento del 7 por ciento en las tarifas de gas y del
9 en las de electricidad, hasta tanto dicte sentencia definitiva
sobre el tema, al hacer lugar a una medida cautelar presentada por
la Unión de Usuarios y Consumidores y otras entidades de defensa
del usuario.

En esta oportunidad, la resolución dictada por Carrión de
Lorenzo tiene mayor alcance ya que rige para todo el país y tiene
vigencia también hasta tanto se dicte la sentencia definitiva.
Este fallo -aunque no definitivo- supone la imposibilidad de
cualquier incremento de tarifas aún cuando el Estado presente la
apelación a esta medida.

La medida cautelar había sido presentada por Mondino
conjuntamente con la entidad de usuarios y consumidores ADECUA,
que preside Sandra González.

“Con este fallo ganaron la legalidad, el respeto a la
Constitución y la gente”, consideró la entidad en un comunicado de
prensa.

Los directivos de ADECUA señalaron que “seguiremos exigiendo
que se garantice la seguridad jurídica de la gente, porque
lamentablemente en el Gobierno Nacional siguen empeñados en
ofrecer todas las garantías para las empresas privatizadas y en
favor de las imposiciones del FMI”.

Mondino había impugnado los decretos y reclamado su
inconstitucionalidad, destacando el grave perjuicio económico que
representaban para los usuarios.

En su presentación, el Ombudsman señaló que “la ilegítima
voluntad del Poder Ejecutivo de llevar adelante un accionar que
estaba prohibido por una norma del Congreso nacional, cual es la
suba de tarifas de servicios públicos antes de que se concrete la
renegociación de los contratos”.

Mondino había anticipado su decisión de agotar todas las
instancias administrativas y judiciales para que no se produzcan
incrementos tarifarios de emergencias y para que “se respeten los
derechos de los usuarios y consumidores”.

Además, el funcionario reclamó que “se readecuen los contratos
a la nueva realidad económica y social del país y para que los
procesos de renegociación sean absolutamente transparentes”.

El primer fallo que suspendió el aumento en las boletas de luz
y gas fue dictado por la jueza Rodríguez Vidal, pero tenía un
alcance limitado sólo al ámbito capitalino, mientras que una
resolución anterior del juez Guillermo Rossi, habilitaba el
incremento aunque en forma indirecta.

Los aumentos propuestos son producto del decreto 146/03 que
permitió al Poder Ejecutivo establecer aumentos transitorios hasta
que concluyan las renegociaciones con las empresas en concordancia
con el decreto 120/03 -el de los incrementos especificamente-.

La jueza en lo Contencioso Administrativo María Carrión de
Lorenzo dio curso a esta presentación y se convirtió en la segunda
magistrada que decide frenar el “tarifazo” dispuesto a partir de
un decreto del presidente Eduardo Duhalde.

Con anterioridad, la jueza Claudia Rodríguez Vidal había
suspendido el aumento del 7 por ciento en las tarifas de gas y del
9 en las de electricidad, hasta tanto dicte sentencia definitiva
sobre el tema, al hacer lugar a una medida cautelar presentada por
la Unión de Usuarios y Consumidores y otras entidades de defensa
del usuario.

En esta oportunidad, la resolución dictada por Carrión de
Lorenzo tiene mayor alcance ya que rige para todo el país y tiene
vigencia también hasta tanto se dicte la sentencia definitiva.
Este fallo -aunque no definitivo- supone la imposibilidad de
cualquier incremento de tarifas aún cuando el Estado presente la
apelación a esta medida.

La medida cautelar había sido presentada por Mondino
conjuntamente con la entidad de usuarios y consumidores ADECUA,
que preside Sandra González.

“Con este fallo ganaron la legalidad, el respeto a la
Constitución y la gente”, consideró la entidad en un comunicado de
prensa.

Los directivos de ADECUA señalaron que “seguiremos exigiendo
que se garantice la seguridad jurídica de la gente, porque
lamentablemente en el Gobierno Nacional siguen empeñados en
ofrecer todas las garantías para las empresas privatizadas y en
favor de las imposiciones del FMI”.

Mondino había impugnado los decretos y reclamado su
inconstitucionalidad, destacando el grave perjuicio económico que
representaban para los usuarios.

En su presentación, el Ombudsman señaló que “la ilegítima
voluntad del Poder Ejecutivo de llevar adelante un accionar que
estaba prohibido por una norma del Congreso nacional, cual es la
suba de tarifas de servicios públicos antes de que se concrete la
renegociación de los contratos”.

Mondino había anticipado su decisión de agotar todas las
instancias administrativas y judiciales para que no se produzcan
incrementos tarifarios de emergencias y para que “se respeten los
derechos de los usuarios y consumidores”.

Además, el funcionario reclamó que “se readecuen los contratos
a la nueva realidad económica y social del país y para que los
procesos de renegociación sean absolutamente transparentes”.

El primer fallo que suspendió el aumento en las boletas de luz
y gas fue dictado por la jueza Rodríguez Vidal, pero tenía un
alcance limitado sólo al ámbito capitalino, mientras que una
resolución anterior del juez Guillermo Rossi, habilitaba el
incremento aunque en forma indirecta.

Los aumentos propuestos son producto del decreto 146/03 que
permitió al Poder Ejecutivo establecer aumentos transitorios hasta
que concluyan las renegociaciones con las empresas en concordancia
con el decreto 120/03 -el de los incrementos especificamente-.

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