Fallo de la CSJN: impacto fiscal y posibles escenarios
El costo de reintegrar la precoparticipación no amenaza la sostenibilidad de las finanzas nacionales: 1,5% del PIB por los saldos acumulados 2004-2015 y 0,3% del PIB por el flujo proyectado para 2016, según ASAP.
Los recientes fallos de la CSJNque obligan al Estado nacional a devolverle a Santa Fe y San Luis los descuentos del 15% y 1,9% de la precoparticipación con destino a ANSES y AFIP, respectivamente, así como a suspenderles de inmediato las detracciones por estos conceptos (sumando a Córdoba sólo en el caso del 15%), no tienen un costo fiscal significativo que amenace la sostenibilidad de las finanzas nacionales: 1,5% del PIB por los saldos acumulados 2004-2015 y 0,3% del PIB por el flujo proyectado para 2016, analiza Ariel Melamud de ASAP.
El caso del DNUaprobado por el gobierno saliente que extiende la decisión de la CSJN de suspender hacia adelante ambas detracciones a todas las provincias tiene un costo fiscal para 2016 de $81.880 millones (1,3% del PIB).
Aunque su volumen no parece importante, dado que modifica el esquema de concentración de recursos a nivel nacional de manera permanente hacia adelante, afecta de manera significativa a las arcas nacionales.
Por último, ante un escenario de aplicarle los fallos de la CSJN a todas las provincias (hacia atrás y adelante), el impacto fiscal es muy importante: 10% del PIB por los saldos acumulados entre 2004-2015y, como fuera señalado previamente, el costo previsto para 2015 suma 1,3% del PIB.
Por lo tanto, extender el alcance de los fallos al resto de las provincias significaría un cambio en el reparto de recursos entre la Nación y las provincias.
Los superávit que obtuvo ANSES gracias al aporte tributario de las provincias se convertirían en déficit o pequeños superávit, con lo cual esta entidad dejaría no sólo de contar con el financiamiento de las políticas implementadas en los 2000, sino que tampoco podría compensar los crecientes déficits fiscales generados por el Tesoro Nacional.
En cambio, suspender la precoparticipación del 15% y 1,9% con destino a ANSES y AFIP, respectivamente, mejoraría el panorama fiscal provincial.
Ante esta situación, la Nación podría avanzar hacia los siguientes escenarios:
(i) Compensar los mayores recursos que obtendrían las provincias con una disminución en las transferencias discrecionales, complementando la medida con un nuevo marco legal que oriente el tratamiento de las transferencias discrecionales.
Bajo este escenario se evitaría el desfinanciamiento de ANSES, reasignando recursos entre las provincias, y se dotaría de transparencia al sistema de transferencias intergubernamentales. En esa compensación deberían incluirse las 18 deudas que las provincias mantienen actualmente con la Nación, y que se han renegociado a través del Programa Federal de Desendeudamiento. (ii) Transferir gastos nacionales hacia las provincias en simultáneo con la obtención de superávits fiscalesgracias a los mayores recursos que genera suspender ambas pre-coparticipaciones, lo cual ordenaría el proceso de descentralización fiscal y de funciones. Con los recursos adicionales, a la vez, podría constituirse un fondo estructural de convergencia federal para financiar proyectos de infraestructura económica y social básica.
Sea cual fuera la decisión del Estado nacional, los fallos de la CSJN abren una ventana de oportunidad para rediscutir la relación Nación-provincias, lo cual debería iniciarse en base a una definición clara de cuáles son las atribuciones de cada nivel de gobierno y los recursos con que debe contar.
Sin dudas estos hechos merecen analizarse porque alteran en gran medida las relaciones fiscales federales que prevalecieron en la Argentina durante los últimos 12 años.
En este informe se cuantifican el impacto fiscal de la decisión de la CSJN sobre las tres provincias para 2006-2015 y 2016, así como el impacto fiscal del DNU que extiende hacia adelante los fallos al resto de las provincias. Se calcula también el impacto que tendría la devolución de las sumas descontadas entre 2006-2014 a todas las provincias por ambos conceptos, y como ello hubiese alterado los resultados fiscales de las provincias y ANSES.
Por último, se comparan la evolución de las transferencias discrecionales de la Nación a las provincias con los montos que significa aplicar los fallos de la CSJN a todas las provincias.
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