El Ejecutivo firmó un decreto que implementa un régimen de incentivos para los fabricantes argentinos de maquinarias, equipos y herramientas, acorde con las “políticas activas para promover la inversión”.
La iniciativa crea un bono que podrá ser aplicado al pago de impuestos nacionales, que mejoraría en 10% los costos de producción.
La medida es consecuencia de la puesta en práctica de la desgravación total para bienes de capital importados, implementada por Economía.
Según el texto del decreto, el objetivo de la medida es “lograr un rápido equipamiento del sector productivo” y buscar “promover la fabricación nacional”.
El bono será nominativo y podrá ser cedido a terceros por única vez; de esta manera se transforma en un elemento de crédito que podrá ser utilizado por el beneficiario directo (o por quien se lo haya comprado) para el pago de las deudas por IVA, Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, e Internos, tanto el saldo de declaración jurada como los anticipos.
En el caso de los importadores, podrán usar el bono para el pago a cuenta de Ganancias e IVA.
Las operaciones de importación a que alude el decreto se refieren a insumos importados que no hayan sido beneficiados con una tasa arancelaria nula.
El costo de verificación y contralor de la operatoria deberá ser absorbido por el beneficiario, es decir el fabricante local.
El Ejecutivo firmó un decreto que implementa un régimen de incentivos para los fabricantes argentinos de maquinarias, equipos y herramientas, acorde con las “políticas activas para promover la inversión”.
La iniciativa crea un bono que podrá ser aplicado al pago de impuestos nacionales, que mejoraría en 10% los costos de producción.
La medida es consecuencia de la puesta en práctica de la desgravación total para bienes de capital importados, implementada por Economía.
Según el texto del decreto, el objetivo de la medida es “lograr un rápido equipamiento del sector productivo” y buscar “promover la fabricación nacional”.
El bono será nominativo y podrá ser cedido a terceros por única vez; de esta manera se transforma en un elemento de crédito que podrá ser utilizado por el beneficiario directo (o por quien se lo haya comprado) para el pago de las deudas por IVA, Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, e Internos, tanto el saldo de declaración jurada como los anticipos.
En el caso de los importadores, podrán usar el bono para el pago a cuenta de Ganancias e IVA.
Las operaciones de importación a que alude el decreto se refieren a insumos importados que no hayan sido beneficiados con una tasa arancelaria nula.
El costo de verificación y contralor de la operatoria deberá ser absorbido por el beneficiario, es decir el fabricante local.