Declaran nulo el ajuste bonaerense

La Suprema Corte consideró que el pago con bonos y el recorte de sueldos en la provincia de Buenos Aires es anticonstitucional.

18 julio, 2001

(NA). – La Suprema Corte de Justicia bonaerense, decretó hoy (miércoles 18) la “total y absoluta invalidez” del decreto 1960 del Poder Ejecutivo por el cual se dispuso el pago con bonos de parte de los sueldos y un recorte salarial para los empleados públicos de esta provincia.

La Corte bonaerense señaló que esa disposición de la administración provincial “resulta incompatible” con la Constitución provincial.

El decreto invalidado por el Tribunal también dispone la cancelación de pagos a los proveedores del estado con bonos, al tiempo que declara la emergencia económica de la Provincia, estableciendo en sus 47 artículos diversas normas de ajuste del funcionamiento administrativo gubernamental.

Los recortes salariales y el pago en bonos de los sueldos que superen los $ 700 dispuesto por Ruckauf exceptuaba expresamente tanto a los jueces, como a los miembros de la Corte y a los fiscales, pero comprendía a los funcionarios y empleados del Poder Judicial y del Ministerio Público.

La Suprema Corte bonaerense citó como antecedente que “el primero de octubre de 1991 el Tribunal adoptó una decisión de carácter institucional similar a la presente”.

En los considerandos de la medida, el tribunal puntualizó que la Constitución bonaerense “las competencias se encuentran delimitadas y equilibradas de acuerdo al principio de división de poderes” y que “las materias propias de la legislación general conciernen al Poder Legislativo de la Provincia”.

“Los poderes públicos no pueden delegar las facultades que les han sido conferidas al atribuir al Poder Ejecutivo otras que las que expresamente le están acordadas, ni éste último arrogárselas”, indicaron los miembros del Supremo Tribunal.

Del mismo modo, la Corte sostuvo que “el Decreto 1960/01 desconoce manifiestamente los principios indicados excediendo las facultades del Poder Ejecutivo” y por eso el cuerpo declaró “su total y absoluta invalidez”.

La resolución de la Suprema Corte fue firmada por sus ministros Elías Laborde, Héctor Negri, Alberto Pisano, Ernesto Ghione, Eduardo De Lázzari, Eduardo Pettigiani, Guillermo San Martín y Juan Salas, mientras que Juan Carlos Hitters se excusó de expedirse sobre el asunto tratado.

Por otra parte, la totalidad de los miembros de la Suprema Corte de Justicia bonaerense dispusieron que se les descuente de sus respectivos haberes mensuales la suma de $ 2.000 “para los fines de interés común que en cada caso individualmente determinen”.

Mediante otra resolución, el máximo tribunal judicial de esta provincia adoptó una larga serie de medidas para restringir los gastos de funcionamiento habituales del Poder Judicial.

(NA). – La Suprema Corte de Justicia bonaerense, decretó hoy (miércoles 18) la “total y absoluta invalidez” del decreto 1960 del Poder Ejecutivo por el cual se dispuso el pago con bonos de parte de los sueldos y un recorte salarial para los empleados públicos de esta provincia.

La Corte bonaerense señaló que esa disposición de la administración provincial “resulta incompatible” con la Constitución provincial.

El decreto invalidado por el Tribunal también dispone la cancelación de pagos a los proveedores del estado con bonos, al tiempo que declara la emergencia económica de la Provincia, estableciendo en sus 47 artículos diversas normas de ajuste del funcionamiento administrativo gubernamental.

Los recortes salariales y el pago en bonos de los sueldos que superen los $ 700 dispuesto por Ruckauf exceptuaba expresamente tanto a los jueces, como a los miembros de la Corte y a los fiscales, pero comprendía a los funcionarios y empleados del Poder Judicial y del Ministerio Público.

La Suprema Corte bonaerense citó como antecedente que “el primero de octubre de 1991 el Tribunal adoptó una decisión de carácter institucional similar a la presente”.

En los considerandos de la medida, el tribunal puntualizó que la Constitución bonaerense “las competencias se encuentran delimitadas y equilibradas de acuerdo al principio de división de poderes” y que “las materias propias de la legislación general conciernen al Poder Legislativo de la Provincia”.

“Los poderes públicos no pueden delegar las facultades que les han sido conferidas al atribuir al Poder Ejecutivo otras que las que expresamente le están acordadas, ni éste último arrogárselas”, indicaron los miembros del Supremo Tribunal.

Del mismo modo, la Corte sostuvo que “el Decreto 1960/01 desconoce manifiestamente los principios indicados excediendo las facultades del Poder Ejecutivo” y por eso el cuerpo declaró “su total y absoluta invalidez”.

La resolución de la Suprema Corte fue firmada por sus ministros Elías Laborde, Héctor Negri, Alberto Pisano, Ernesto Ghione, Eduardo De Lázzari, Eduardo Pettigiani, Guillermo San Martín y Juan Salas, mientras que Juan Carlos Hitters se excusó de expedirse sobre el asunto tratado.

Por otra parte, la totalidad de los miembros de la Suprema Corte de Justicia bonaerense dispusieron que se les descuente de sus respectivos haberes mensuales la suma de $ 2.000 “para los fines de interés común que en cada caso individualmente determinen”.

Mediante otra resolución, el máximo tribunal judicial de esta provincia adoptó una larga serie de medidas para restringir los gastos de funcionamiento habituales del Poder Judicial.

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