Declaran inconstitucionales los bonos voluntarios y el corralito

La Sala I de la Cámara del fuero Contencioso Administrativo declaró la inconstitucionalidad de las normas que consagraron el "corralito" financiero y de los bonos de aceptación voluntaria establecidos por decreto.

9 octubre, 2002

De esta forma, resolvió con criterio similar al de otras salas
del fuero en cuanto a la inconstitucionalidad de todas las medidas
que restringieron la libre disponibilidad de los depósitos, pero
además se expidió sobre los bonos emitidos por decreto del Poder
Ejecutivo del pasado 16 de setiembre.

Los jueces Bernardo Licht, Pedro Coviello y Nestor Buján
confirmaron en un fallo de 140 carillas una sentencia favorable a
una ahorrista dictada por el juez Guillermo Rossi, que le permite
retirar dólares de una caja de ahorro del Citibank, ya sea en
moneda de origen o el equivalente en pesos.

Los camaristas señalaron que “aún cuando la situación de
emergencia autorice una restricción más severa de los derechos,
ello no puede significar lisa y llanamente la supresión de los
derechos”.

En lo que concierne a los bonos expresados en dólares
estadounidenses, la Sala entendió que “implicaría para el
depositante la liberación del deudor originario (entidad
financiera) y su sustitución por otro distinto (el Estado
nacional) que ha declarado públicamente su estado de
insolvencia”.

Acerca de las Letras de plazo fijo en pesos emitidas por cada
banco con una opción de conversión a moneda de origen emitida por
el Estado, alegó que “cabe la misma conclusión”, aunque “ese
seguro de cambio que se otorga en favor de la entidad financiera
constituye cuanto menos un maquillaje para mejorar la
apariencia”.

En cuanto al decreto 214/02 de pesificación, consideraron que
“una cosa es fijar el valor de la moneda y otra muy distinta
incursionar en la relación contractual establecida entre el
depositante y la entidad financiera”.

Según los jueces, “no ha quedado demostrado que el tantas veces
invocado quiebre financiero no sea más que una manifestación que
trasunte tan sólo las dificultades financieras que padecerían al
tiempo que se dictó el decreto 214, algunas entidades
financieras”.

El fallo citó el caso Smith, de la Corte Suprema de Justicia,
en tanto que “advirtió la existencia de vulneración patrimonial
cuando la constitución de los depósitos ha sido efectuado bajo la
vigencia de un régimen que garantizaba su inalterabilidad”.

Los jueces concluyeron en la “manifiesta ilegitimidad de las
normas que a partir del decreto 1570/01 y hasta el presente
constituyen un bloque de restricciones a la libre disponibilidad
de los depósitos efectuados al amparo del régimen de
intangibilidad de los depósitos instituido por ley 25.466”.

Este fallo se conoce en momentos en que la Corte Suprema evalúa
la validez de los bonos emitidos en el marco del denominado
“Reordenamiento del sistema financiero”.

De esta forma, resolvió con criterio similar al de otras salas
del fuero en cuanto a la inconstitucionalidad de todas las medidas
que restringieron la libre disponibilidad de los depósitos, pero
además se expidió sobre los bonos emitidos por decreto del Poder
Ejecutivo del pasado 16 de setiembre.

Los jueces Bernardo Licht, Pedro Coviello y Nestor Buján
confirmaron en un fallo de 140 carillas una sentencia favorable a
una ahorrista dictada por el juez Guillermo Rossi, que le permite
retirar dólares de una caja de ahorro del Citibank, ya sea en
moneda de origen o el equivalente en pesos.

Los camaristas señalaron que “aún cuando la situación de
emergencia autorice una restricción más severa de los derechos,
ello no puede significar lisa y llanamente la supresión de los
derechos”.

En lo que concierne a los bonos expresados en dólares
estadounidenses, la Sala entendió que “implicaría para el
depositante la liberación del deudor originario (entidad
financiera) y su sustitución por otro distinto (el Estado
nacional) que ha declarado públicamente su estado de
insolvencia”.

Acerca de las Letras de plazo fijo en pesos emitidas por cada
banco con una opción de conversión a moneda de origen emitida por
el Estado, alegó que “cabe la misma conclusión”, aunque “ese
seguro de cambio que se otorga en favor de la entidad financiera
constituye cuanto menos un maquillaje para mejorar la
apariencia”.

En cuanto al decreto 214/02 de pesificación, consideraron que
“una cosa es fijar el valor de la moneda y otra muy distinta
incursionar en la relación contractual establecida entre el
depositante y la entidad financiera”.

Según los jueces, “no ha quedado demostrado que el tantas veces
invocado quiebre financiero no sea más que una manifestación que
trasunte tan sólo las dificultades financieras que padecerían al
tiempo que se dictó el decreto 214, algunas entidades
financieras”.

El fallo citó el caso Smith, de la Corte Suprema de Justicia,
en tanto que “advirtió la existencia de vulneración patrimonial
cuando la constitución de los depósitos ha sido efectuado bajo la
vigencia de un régimen que garantizaba su inalterabilidad”.

Los jueces concluyeron en la “manifiesta ilegitimidad de las
normas que a partir del decreto 1570/01 y hasta el presente
constituyen un bloque de restricciones a la libre disponibilidad
de los depósitos efectuados al amparo del régimen de
intangibilidad de los depósitos instituido por ley 25.466”.

Este fallo se conoce en momentos en que la Corte Suprema evalúa
la validez de los bonos emitidos en el marco del denominado
“Reordenamiento del sistema financiero”.

Compartir:
Notas Relacionadas

Suscripción Digital

Suscríbase a Mercado y reciba todos los meses la mas completa información sobre Economía, Negocios, Tecnología, Managment y más.

Suscribirse Archivo Ver todos los planes

Newsletter


Reciba todas las novedades de la Revista Mercado en su email.

Reciba todas las novedades