Ampliaron el aumento de $100 para trabajadores privados

A partir de hoy, la norma también alcanza a los trabajadores de empleadores monotributistas y a los que hayan ingresado a sus trabajos con posterioridad al 1° de julio pasado.

3 septiembre, 2002

Así lo establece la resolución número 169/2002 publicada hoy en el boletín oficial que amplía las bases de beneficiarios del decreto 1273/02, que establece el pago de una asignación de 100 pesos no remunerativa, de carácter alimentario, ante la caída del nivel de ingresos tras la devaluación.

La resolución, firmada por el Ministerio de Trabajo, tiene por objetivo “aclarar” el alcance del aumento salarial ante “las diversas interpretaciones habidas a partir del dictado de la norma y en el ejercicio de dicha aplicación”.

De esta forma, la Secretaría de Trabajo aclaró que el aumento salarial de 100 pesos corresponde “a todos los trabajadores del sector privado en relación de dependencia comprendidos en el régimen de negociación colectiva, a los trabajadores de empleadores monotributistas y a los trabajadores ingresados con posterioridad al 1° de julio de este año, aún cuando sus remuneraciones fueren superiores a los básicos de convenio”.

Así lo establece la resolución número 169/2002 publicada hoy en el boletín oficial que amplía las bases de beneficiarios del decreto 1273/02, que establece el pago de una asignación de 100 pesos no remunerativa, de carácter alimentario, ante la caída del nivel de ingresos tras la devaluación.

La resolución, firmada por el Ministerio de Trabajo, tiene por objetivo “aclarar” el alcance del aumento salarial ante “las diversas interpretaciones habidas a partir del dictado de la norma y en el ejercicio de dicha aplicación”.

De esta forma, la Secretaría de Trabajo aclaró que el aumento salarial de 100 pesos corresponde “a todos los trabajadores del sector privado en relación de dependencia comprendidos en el régimen de negociación colectiva, a los trabajadores de empleadores monotributistas y a los trabajadores ingresados con posterioridad al 1° de julio de este año, aún cuando sus remuneraciones fueren superiores a los básicos de convenio”.

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