(NA). – El Ministerio de Economía aclaró este mediodía que la extensión del impuesto a las transacciones financieras sobre las cajas de ahorro no afectará a los depósitos de sueldos y jubilaciones “ni las colocaciones o las extracciones habituales en efectivo que hagan las personas”.
También quedarán exentas las acreditaciones en caja de ahorro de depósitos a plazo fijo y la acreditación por intereses o capital de bonos o títulos.
A través de un comunicado de prensa, el Palacio de Hacienda precisó además que con la generalización de este impuesto, “sólo se gravarán aquellas transacciones que se detecten como mecanismos de evasión de movimientos que antes se hacían en cuentas corrientes”.
El Gobierno remitió ayer al Congreso el proyecto de ley por el cual se dispone gravar los movimientos de caja de ahorro con el impuesto a los débitos y créditos bancarios.
(NA). – El Ministerio de Economía aclaró este mediodía que la extensión del impuesto a las transacciones financieras sobre las cajas de ahorro no afectará a los depósitos de sueldos y jubilaciones “ni las colocaciones o las extracciones habituales en efectivo que hagan las personas”.
También quedarán exentas las acreditaciones en caja de ahorro de depósitos a plazo fijo y la acreditación por intereses o capital de bonos o títulos.
A través de un comunicado de prensa, el Palacio de Hacienda precisó además que con la generalización de este impuesto, “sólo se gravarán aquellas transacciones que se detecten como mecanismos de evasión de movimientos que antes se hacían en cuentas corrientes”.
El Gobierno remitió ayer al Congreso el proyecto de ley por el cual se dispone gravar los movimientos de caja de ahorro con el impuesto a los débitos y créditos bancarios.