Formalmente, se trata del estamento que gana hasta $ 36.000 anuales. Pero, sin duda, su inclusión en la base de datos de la AFIP llevará a detectar la masa de profesionales más o menos independientes que tampoco paga.
Probablemente, esto reduzca el número de estadígrafos, analistas de valores y otros que se titulan “economistas”. También puede afectar a columnistas –periodistas o no- de medios gráficos, radio y TV. La suerte adversa de los amparos interpuestos por influyentes entidades (Confederación Farmacéutica, colegios de abogados y escribanos) indica que a los profesionales económicos y bursátiles no les será fácil eludir al fisco.
La AFIP considera que esos sectores debían pagar, ya desde 1998, como monotributistas o responsables inscriptos a efectos del IVA. Al contrario, las asociaciones de profesionales sostienen que esa obligación no debiera correr para quienes ganen o hayan ganado hasta $ 36.000 anuales.
La Corte estima que los amparos no han sido promovidos en defensa de algún derecho general, sino respecto de los patrimoniales. O sea, individuales. Su tutela, pues, le cabe exclusivamente a cada afectado potencial. El dictamen tiene ya un mes, pero recién trasciende ahora; quizá porque algunos interese creados trababan la difusión.
A juicio de tributaristas independientes –entre ellos, dos ex jefes de la DGI-, la Corte pudo haber tenido en cuenta que muchos profesionales facturan o declaran menos de lo que en realidad perciben. De ahí la conveniencia de generalizar la imposición. Al respecto, hay un curioso precedente: cuando la administración de Raúl Alfonsín aplicó el “ahorro forzoso”, cometió el error de deducirlo de sueldos y salarios.
Entonces, en actividades como el periodismo perdieron quienes trabajaban con relación de dependencia. Pero casi todas las “estrellas” de ese momento declararon ingresos fijos mínimos y no pagaron casi nada. Influido por esos comunicadores (varios de ellos al servicio del oficialismo de turno), el gobierno nunca subsanó el error.
Formalmente, se trata del estamento que gana hasta $ 36.000 anuales. Pero, sin duda, su inclusión en la base de datos de la AFIP llevará a detectar la masa de profesionales más o menos independientes que tampoco paga.
Probablemente, esto reduzca el número de estadígrafos, analistas de valores y otros que se titulan “economistas”. También puede afectar a columnistas –periodistas o no- de medios gráficos, radio y TV. La suerte adversa de los amparos interpuestos por influyentes entidades (Confederación Farmacéutica, colegios de abogados y escribanos) indica que a los profesionales económicos y bursátiles no les será fácil eludir al fisco.
La AFIP considera que esos sectores debían pagar, ya desde 1998, como monotributistas o responsables inscriptos a efectos del IVA. Al contrario, las asociaciones de profesionales sostienen que esa obligación no debiera correr para quienes ganen o hayan ganado hasta $ 36.000 anuales.
La Corte estima que los amparos no han sido promovidos en defensa de algún derecho general, sino respecto de los patrimoniales. O sea, individuales. Su tutela, pues, le cabe exclusivamente a cada afectado potencial. El dictamen tiene ya un mes, pero recién trasciende ahora; quizá porque algunos interese creados trababan la difusión.
A juicio de tributaristas independientes –entre ellos, dos ex jefes de la DGI-, la Corte pudo haber tenido en cuenta que muchos profesionales facturan o declaran menos de lo que en realidad perciben. De ahí la conveniencia de generalizar la imposición. Al respecto, hay un curioso precedente: cuando la administración de Raúl Alfonsín aplicó el “ahorro forzoso”, cometió el error de deducirlo de sueldos y salarios.
Entonces, en actividades como el periodismo perdieron quienes trabajaban con relación de dependencia. Pero casi todas las “estrellas” de ese momento declararon ingresos fijos mínimos y no pagaron casi nada. Influido por esos comunicadores (varios de ellos al servicio del oficialismo de turno), el gobierno nunca subsanó el error.