La Corte aceptó tratar la demanda puntana por las retenciones móviles y verá errores técnicos que las tornan regresivas
Lejos está el punto final al conflicto con el campo: la Corte intervendrá ante una demanda de San Luis por inconstitucionalidad de las retenciones móviles y la nueva medida contiene errores técnicos que la tornan más vulnerable judicialmente.
11 junio, 2008
<p>Pese a que el ministro de la Corte Suprema de Justicia, Eugenio Zaffaroni, venía esquivando la intervención del máximo tribunal por el fallo de inconstitucionalidad de las retenciones móviles dictado en primera instancia por la jueza Liliana Heiland, la presentación de la demanda por parte de la provincia de San Luis contra el gobierno nacional modificó la postura y ahora sí tratará el tema. </p>
<p>El ministro de Justicia, Aníbal Fernández, había anticipado que apelaría la sentencia de la magistrada en contra del esquema móvil de retenciones. Pero ahora dispondrá de 60 días para responder la notificación de la Corte, que terminó aceptando su competencia originaria para intervenir en la demanda por inconstitucionalidad efectuada por San Luis.</p>
<p>La jueza sostuvo que el Ejecutivo Nacional tomó atribuciones del Legislativo al crear un régimen "nuevo y diferente", mientras que el planteo puntano, firmado por el gobernador, Alberto Rodríguez Saá, expuso que el régimen de retenciones móviles al agro afecta la coparticipación federal de impuestos. </p>
<p>La decisión de la Corte de tratar el asunto se produce luego de que se conociera un dictamen de la procuradora fiscal Laura Monti, quien semanas atrás opinó a favor de la competencia originaria del máximo tribunal.</p>
<p>De todos modos, el tribunal superior había venido esquivando un tratamiento Per Saltum, a sabiendas de que esa iniciativa, de ser propia, complicaría las relaciones con el Poder Ejecutivo. </p>
<p>La presentación de San Luis contra el Estado Nacional para que se declare la inconstitucionalidad de las normas sobre derechos de exportación dictadas a partir del 1 de enero de 2002 le abrió el camino y entonces, en el acuerdo matutino, decidió notificar al Estado y otorgarle un plazo de 60 días para que conteste, según consignó un informe de prensa de la Corte. </p>
<p>La provincia puntana reclama, además, la diferencia entre lo que obtuvo en materia de coparticipación tributaria y "lo que hubiese percibido de no haberse aplicado" la norma que busca impugnar. </p>
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<p>Tributación regresiva</p>
<p>Tampoco desde el punto de vista técnico, la resolución 64/2008, en la cual se introducen modificaciones al esquema de retenciones elaborado por Martín Lousteau, y el anuncio de la obra pública que estos ingresos financiarán, cerró el conflicto con el campo dispuesto unilateralmente por el gobierno. </p>
<p>Exultantes, los Fernández y el ministro del Interior, Florencio Randazzo, salieron a darle la extremaunción a la protesta rural, al declarar que el tema se había terminado y había que ir a otra cosa.</p>
<p>Pero ayer circuló un memorando distribuido por el economista Nicolás Bridger, de Prefinex, que da letra para ampliar aún más los flancos judiciables de la medida. </p>
<p>Sin entrar en consideraciones de la justicia o no del impuesto, demuestra serios errores de construcción del esquema que hacen pensar que el debate está lejos de ser resuelto, porque al ser decreciente la retención marginal a mayores precios, va en contra de los preceptos de tributación progresiva.</p>
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