Dos concepciones distintas en torno a la sustentabilidad

    Se calcula que las inversiones en ESG (medio ambiente, sociedad y gobierno de la empresa) que son activos financieros que cumplen con un mínimo de criterios sociales y ambientales –llegarán a los US$ 50 billones (millones de millones) en activos para 2025.

    Si bien esto implica una importante redistribución de capital hacia las actividades sostenibles, no está claro qué significa para el avance hacia una transición climática por la falta de estandarización en su clasificación.

    El crecimiento explosivo de las inversiones ESG en los últimos 20 años tuvo lugar en el contexto de regímenes regulatorios permisivos para la divulgación de la sustentabilidad.

    Los directivos de empresas tenían la libertad de elegir qué mostrar y en qué formato, lo que terminó en un revoltijo de estándares voluntarios de divulgación.

    El resultado es un conjunto de datos ESG incompleto, poco confiable y difícil de comparar entre las empresas, afirma Addisu Lashitew en un relevamiento para la Brookings Institution.

    Luego de años de protestas contra las empresas que solo posaban de verdes, la divulgación de sustentabilidad parece estar a punto de formalizarse.

    Estados Unidos y la Unión Europea (UE) adoptaron en los dos últimos años nuevas leyes de divulgación. En abril 2021, la UE dio a conocer una Corporate Sustainability Reporting Directive (CSRD, o Directiva para el reporte de la sustentabilidad empresarial) que exige rigurosos estándares de divulgación para mejorar la cobertura y confiabilidad del reporte sobre sustentabilidad.

     

    Lo que hay que revelar

    La CSRD, que entrará en vigor en 2023, mejorará la actual ley de divulgación no financiera aportando estándares más claros y simples.

    La Securities and Exchange Commission (SEC) de Estados Unidos también abandonó su proverbial renuencia a regular las revelaciones ESG. En marzo de 2022, dio un paso importante al proponer un nuevo conjunto de reglas sobre divulgaciones relacionadas con el clima para ofrecer mayor transparencia a los inversores.

    La ley propuesta modificará las reglamentaciones de la SEC para exigir a las empresas que revelen su exposición a riesgos relacionados con el clima y las implicancias para sus mediciones financieras. La propuesta de la SEC, que está ahora abierta a comentarios públicos, tendrán una fecha de introducción progresiva que varía según el tamaño de las compañías. La primera será el año fiscal 2023.

    La nueva ley ampliará en forma significativa el alcance de la información sobre gas de invernadero en Estados Unidos, que actualmente es requerida solo a los emisores extremadamente pesados. Aunque 90% de las 500 compañías que figuran en el índice S&P revelan en forma voluntaria algún tipo de datos ESG, el análisis de la SEC revela que sólo un tercio de las cotizantes menciona el cambio climático en sus reportes.

    La ley hará que las empresas que cotizan en bolsa tomen en serio el riesgo climático y lo incluyan en sus estrategias operativas y de gobierno. El uso de estándares obligatorios reducirá también el problema del reporte selectivo y el greenwashing, con lo cual mejorará significativamente la comparabilidad y confiabilidad de los datos ESG relacionados con el clima.

    Idealmente, los reportes empresariales sobre temas globales como el cambio climático deberían ser gobernados por un régimen de divulgación coordinado globalmente.

    A falta de tal sistema, estándares como el ISSB (International Sustainability Standards Board) podrían servir como instrumento para coordinar las diferentes reglamentaciones de divulgación de los países.

    Si bien estos son desarrollos positivos, la ausencia de un estándar común entre Estados Unidos y la Unión Europea podría dificultar el flujo de comercio y de inversiones a través del Atlántico e impedir la difusión de la transparencia en las medidas de sustentabilidad.

    Para entender mejor esos riesgos, ayuda una comparación de los principales atributos de esos dos sistemas de divulgación.

     

    Reglas de divulgación

    1. Alcance

    La ley propuesta por la SEC es muy específica y exhaustiva en cuanto a revelaciones relacionadas con el clima. Pero su alcance es estrecho comparado con la CSRD de la Unión Europea, que va a ofrecer un conjunto amplio de estándares en muchas esferas ambientales, sociales y de gobierno. La SEC tiene planes para desarrollar leyes de divulgación para capital humano, pero es poco probable que se extienda a otras esferas de ESG.

    En términos de cobertura, la UE exigirá divulgación a 49.000 empresas grandes y medianas y cubrirá las privadas y cotizantes con por lo menos 500 empleados.

    La regla de la SEC, en cambio, sólo exigirá divulgación a las empresas cotizantes que venden valores, lo que podría crear una cancha despareja para las empresas privadas. La amplia mayoría de las 6.933 empresas que presentaron sus reportes anuales en los formularios 10–K en 2021 probablemente no estén encuadradas en la nueva regulación.

     

    1. Principio de divulgación

    La directiva de la Unión Europea – CSRDT–aplica lo que se llama el principio de “doble materialidad” que exige a las compañías revelar información que es material (importante) para los inversores y también para otros stakeholders de la sociedad y el medio ambiente.

    La directiva propuesta por la SEC, en cambio, está basada en el principio de la “materialidad simple”, porque pone el acento en la materialidad (importancia) del riesgo financiero para los inversores. Dada la estrechez del mandato de la SEC para protección de los inversores, la ley propuesta no aspira a avanzar hacia la transición verde, como lo hace la directiva europea.

    En cambio está concebida como un medio para ayudar a los inversores a tomar mejores decisiones en cuestiones de “exposición y administración de riesgos relacionados con el clima, y en particular de los riesgos de la transición”.

    La ley propuesta evita los temas (políticamente conflictivos) de si el cambio climático es real y cuál es la contribución de las empresas. Trata los riesgos de transición como cualquiera de los otros riesgos que están cubiertos por las actuales leyes de divulgación. El uso del concepto probabilístico de riesgo también reduce la carga de la prueba sobre la ciencia del clima: si el riesgo climático es lo suficientemente alto como para ser importante para los inversores del negocio, cae dentro del ámbito de la autoridad de la SEC.

    La respuesta a esta nueva reglamentación fue ambivalente. Las compañías tecnológicas como Apple y los administradores de activos como BlackRock la apoyan mientras que las empresas en energía y transporte se oponen. A pesar de estar basada en el principio de importancia estrecha la SEC podría quedar expuesta a riesgos legales por excederse en su autoridad para dictar leyes y exigir más información de la que es materialmente relevante.

    La ley propuesta también podría obtener respuestas divergentes de asociaciones industriales y políticas, lo que llevaría a una rectificación del proceso que podría suavizar sus partes centrales durante la revisión final.

     

    1. Rigor de la divulgación

    El rigor de los requisitos de divulgación es algo más estricto en la CSRD de la Unión Europea que en la ley de la SEC. Si bien Estados Unidos se ha vuelto a plegar al Acuerdo de París con el presidente Biden, carece de una estrategia nacional de transición climática ordenada por el Congreso.

    La Unión Europea, por otra parte, adoptó la Ley Europea del Clima y se comprometió legalmente a cumplir con las metas del Acuerdo de París. La ausencia de una legislación nacional similar legalmente obligatoria es la razón por la que la SEC ha adoptado el concepto estrecho de materialidad (importancia), enfocado en los inversores, lo que además limita el rigor de las reglas propuestas.

    Por ejemplo, el estándar propuesto por la UE va a exigir a las empresas que revelen la compatibilidad de sus actividades con la Meta de París de limitar el calentamiento global a 1,5 grados centígrados. Por el contrario, la ley propuesta por la SEC no llega a exigir la revelación de las estrategias de riesgo en hipotéticos escenarios climáticos futuros.